5. Gobierno Abierto en Honduras: Hacia una implementación eficaz

El gobierno abierto es una cultura de gobernanza que, si se implementa correctamente, tiene profundas implicaciones en la forma en que interactúan los ciudadanos y el Estado. El gobierno abierto afecta a todos y cada uno de los aspectos de la gobernanza pública y se basa en la idea de que los ciudadanos deben poder comprender, influir, monitorear y evaluar las decisiones y acciones públicas. La OCDE hace hincapié en que el gobierno abierto es fundamental para fomentar la confianza de los ciudadanos y es un factor clave para lograr resultados de las políticas públicas en diversos ámbitos, incluyendo la transparencia, la rendición de cuentas, la integridad y la modernización del sector público en general, así como todos los principales objetivos socioeconómicos en el marco de la Agenda Global 2030 para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (OECD, 2017[1]).

La región de América Latina y el Caribe (ALC) ha promovido numerosas iniciativas para hacer realidad la transición a un Estado abierto. En particular, la OCDE ha reunido evidencia que demuestra que el 70% de los países de ALC estaba implementando iniciativas para promover la apertura en la legislatura, y el 60% lo estaba haciendo en el nivel subnacional de gobierno (OECD, 2016[2]). Honduras forma parte de esta tendencia, con una clara ambición de ampliar la agenda de gobierno abierto al nivel subnacional, así como a otros poderes del Estado, como el legislativo y el judicial. Esta ambición se refleja en la adopción de una Declaración de Gobierno Abierto en 2018 y con un Plan de Acción de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP) que integra a otros actores más allá del Ejecutivo, como el Congreso Nacional e instituciones independientes.

El propósito de este capítulo es analizar la agenda del gobierno abierto en Honduras dentro del contexto más amplio de las reformas en proceso del sector público. Reconoce que el país ha realizado importantes avances en el establecimiento de marcos de gobernanza e implementación para el gobierno abierto. En particular, Honduras lleva muchos años implementando los planes de acción de la OGP1 y ha desarrollado medidas concretas para construir un Estado abierto. Para avanzar hacia una cultura de gobierno abierto es necesario redoblar los esfuerzos para fomentar la implementación efectiva de políticas y prácticas de gobierno abierto en todos los niveles del gobierno. Reconociendo los recientes cambios de gobierno tras las elecciones de noviembre de 2021, este capítulo pretende proporcionar a Honduras orientaciones y acciones sobre políticas públicas a corto, medio y largo plazo para reforzar la agenda de gobierno abierto del país.

Este capítulo evalúa a Honduras con respecto a las disposiciones clave de la Recomendación del Consejo de la OCDE sobre Gobierno Abierto (OECD, 2017[1]). Compara los esfuerzos del país en este campo con los de los miembros y socios de la OCDE, con base en los datos recopilados a través de la Encuesta de la OCDE 2020 sobre Gobierno Abierto, a la que Honduras contribuyó.

Establecer una definición -es decir, un entendimiento oficial o común de lo que implica el gobierno abierto- es un primer paso fundamental para construir una agenda de gobierno abierto coherente, ya que puede ayudar a crear conciencia dentro y fuera del gobierno sobre el concepto, sus beneficios y los resultados esperados.

Según los resultados preliminares de la Encuesta de la OCDE de 2020 sobre Gobierno Abierto, 21 de los 27 países miembros de la OCDE que proporcionaron respuestas y Honduras han adoptado una definición oficial o temporal/informal de gobierno abierto (Figura 5.1). La mayoría de estas definiciones se inspiran en la de la OCDE (13) o en la de la OGP (13) y suelen vincular el gobierno abierto con los conceptos de transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y colaboración (OCDE, de próxima publicación).

Honduras ha establecido dos definiciones de gobierno abierto (véase el Recuadro 5.1.). La definición más reciente acuñada por la antigua Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia (en adelante SDT)2 se ajusta a la Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto. Incluye referencias a los principios de transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana, con el objetivo de hacer del gobierno abierto una cultura de gobernanza. De acuerdo con la definición, los ciudadanos deben estar en el centro de la toma de decisiones públicas con el objetivo último de mejorar la democracia y el bienestar colectivo.

Sin embargo, esta definición aún no se ha generalizado entre todas las partes interesadas pertinentes involucradas en la agenda del gobierno abierto. La mayoría de las partes interesadas entrevistadas asociaron el gobierno abierto principalmente con la lucha contra la corrupción, la publicación de datos gubernamentales abiertos y/o con el concepto de transparencia, que se entiende, al mismo tiempo, como sinónimo de lucha contra la corrupción. Las políticas y prácticas relativas a la participación y la rendición de cuentas de los ciudadanos y las partes interesadas se consideraron con menos frecuencia parte integrante de la agenda del gobierno abierto.

Además, parece haber una falta de comprensión armonizada de los principios del gobierno abierto y un solapamiento entre los conceptos de transparencia y gobierno abierto. Honduras tiene varias definiciones de transparencia, que van desde el acceso a la información hasta la participación ciudadana y el buen gobierno (véase el Cuadro 5.1). La existencia de diferentes definiciones o interpretaciones puede constituir un obstáculo para la implementación armoniosa de las reformas del gobierno abierto (OECD, 2016[2]). Los principales documentos políticos relacionados con el gobierno abierto (como la Política Pública de Transparencia y Acceso a la Información Pública) utilizan la transparencia como concepto global que incluye la participación, la rendición de cuentas y la lucha contra la corrupción (IAIP, 2015[4]). Sin embargo, el marco para este conjunto de prácticas sería idealmente un "gobierno abierto" (o un Estado abierto) y no un "gobierno transparente", ya que la transparencia en sí misma no cubre el lado interactivo y responsivo del gobierno abierto (es decir, la participación y la rendición social de cuentas).

Honduras podría considerar co-crear (es decir, diseñar una nueva definición) o adoptar (es decir, seleccionar una de las definiciones existentes) una única definición de gobierno abierto que sea aceptada por todo el sector público y por las partes interesadas externas. Esta definición debería tener como objetivo diferenciar los conceptos de gobierno abierto y transparencia, estableciendo el gobierno abierto como el marco de los diferentes principios de transparencia, rendición de cuentas, integridad y participación. También podría vincular la agenda del gobierno abierto a objetivos de políticas públicas más amplios, como la lucha contra la corrupción y la modernización del sector público. Para apoyar el cumplimiento y la adopción de la nueva definición, Honduras podría considerar el lanzamiento de un proceso participativo para desarrollar la definición oficial de gobierno abierto con todas las partes interesadas pertinentes del gobierno, el mundo académico y la sociedad civil.

La nueva definición de gobierno abierto podría comunicarse ampliamente para garantizar que todos los funcionarios públicos y las partes interesadas no públicas la conozcan. La institución que lidera la agenda de gobierno abierto en Honduras podría considerar organizar una campaña de comunicación dedicada a promover una definición revisada. Por ejemplo, en Colombia, la definición de gobierno abierto está anclada en políticas públicas de alto nivel como el Plan Nacional de Desarrollo, y se incluye regularmente en discursos de autoridades de alto nivel como el vicepresidente.

La OCDE entiende un espacio cívico saludable como condición previa esencial y facilitadora de las iniciativas de gobierno abierto. La OCDE define el espacio cívico como "el conjunto de condiciones jurídicas, políticas, institucionales y prácticas necesarias para que los actores no gubernamentales puedan acceder a la información, expresarse, asociarse, organizarse y participar en la vida pública" (OECD, 2021[5]). El enfoque para evaluar el espacio cívico se basa en un marco que examina cuatro áreas temáticas clave (OECD, 2021[5]):

  • derechos y libertades cívicas (es decir, libertad de expresión, libertad de reunión y libertad de asociación, acceso a la información y protección de activistas y defensores de los derechos humanos)

  • derechos y libertades digitales y de los medios de comunicación (por ejemplo, el derecho a una prensa libre, a un internet abierto, a la privacidad y a la protección de datos, y cuestiones relacionadas con las tecnologías emergentes)

  • el entorno operativo propicio creado por el gobierno para que las organizaciones de la sociedad civil (OSC) operen y prosperen

  • participación cívica y de las OSC en la elaboración de políticas y la toma de decisiones.

Este capítulo no pretende ofrecer un análisis exhaustivo del espacio cívico hondureño. Más bien, pretende señalar ciertos retos que pueden obstaculizar la implementación general de la agenda de gobierno abierto y que el gobierno de Honduras podría tener en cuenta.

La información recopilada por organizaciones no gubernamentales y de derechos humanos, y por la Secretaría de la OCDE durante la misión de investigación, apunta a un entorno restringido para el funcionamiento de las organizaciones de la sociedad civil. CIVICUS (2021[6]), Amnistía Internacional (2020[7]) y las partes interesadas entrevistadas destacan que las organizaciones de la sociedad civil, los activistas de derechos humanos y los defensores del medio ambiente se enfrentan a retos financieros, jurídicos y políticos para operar en Honduras, con efectos sobre su seguridad personal. Los entrevistados también destacaron como principales obstáculos la falta de recursos de las OSC, la dependencia de las agencias de desarrollo y los fondos internacionales, y una relación compleja con ciertas autoridades públicas. Por ejemplo, los cambios en la Ley Especial contra el Lavado de Activos adoptada en 2021 incluyen a las organizaciones de la sociedad civil y a sus miembros como "Personas Expuestas Políticamente" (PEP3). Este cambio jurídico sitúa a las OSC y a sus miembros al mismo nivel que los individuos políticamente responsables, lo que a su vez permite el escrutinio y ciertas obligaciones legales que pueden utilizarse para presionar a los activistas y obstaculizar el trabajo de las OSC (Swissinfo, 2021[8]). Esto va en contra de las recomendaciones internacionales, como las de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y hace que las OSC y las personas que trabajan en ellas sean vulnerables al acoso, la opresión y las acciones legales y judiciales injustificadas.

Además de un entorno operativo difícil para las OSC, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2019[9]) destacó los alarmantes niveles de violencia como uno de los principales retos para el espacio cívico en Honduras. A pesar de una reciente tendencia decreciente, Human Rights Watch (2020[10]) observó que la tasa de homicidios en Honduras sigue siendo una de las más altas del mundo y denunció "el uso injustificado de la fuerza letal y otro uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad durante una represión policial y militar de protestas públicas entre marzo y julio de 2019". Además, varias organizaciones internacionales y de derechos humanos (entre ellas la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2019[9]), el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos y CIVICUS4) señalaron que determinados grupos y minorías están amenazados en Honduras. Entre los grupos especialmente afectados se encuentran las mujeres, las minorías sexuales, los niños, los defensores de los derechos humanos, las comunidades indígenas y las personas migrantes. Así lo ilustran los niveles de violencia basados en la identidad de género o la orientación sexual, con 299 mujeres asesinadas en 2019 y al menos 26 personas LGBTI asesinadas entre enero y agosto del mismo año (CEPAL, 2020[11]). Honduras tiene la tasa de feminicidios más alta de Latinoamérica, con 6.2 mujeres asesinadas por cada 100 000 habitantes. Las Naciones Unidas, a través de su Relator Especial sobre Derechos Humanos (2019[12]) y el Examen Periódico Universal (2020[13]) adoptado por el Consejo de Derechos Humanos, han destacado que la corrupción, la falta de acceso a la justicia y los altos niveles de impunidad en Honduras son factores que contribuyen a los graves abusos contra los derechos humanos en el país. El gobierno recién elegido ya ha dado pasos en la dirección correcta al colaborar con grupos de defensa de los derechos de la mujer en la redacción de una ley para abordar la impunidad en casos de violencia contra las mujeres (The Guardian, 2022[14]).

Los retos mencionados podrían socavar los resultados de las reformas de gobierno abierto en Honduras. Este es el caso, en particular, de la violencia que sufren ciertos grupos de la sociedad, especialmente los grupos subrepresentados, ya que impide una participación inclusiva, segura y representativa en la vida pública. Además, es necesario proteger el entorno en el que operan las OSC para garantizar una relación constructiva con el gobierno y crear espacios de participación y rendición de cuentas. La sociedad civil puede ser un aliado para aumentar el impacto de las iniciativas de gobierno abierto y la lucha contra la corrupción, haciendo uso de la información pública publicada por el gobierno o garantizando que las autoridades públicas rindan cuentas y sean abiertas (véase Recuadro 5.4.). Por último, la impunidad y la falta de acceso a la justicia pueden disminuir la confianza general en las instituciones públicas y la democracia.

Honduras podría considerar priorizar la protección y promoción del espacio cívico como objetivo central del gobierno abierto y como condición previa para un Estado abierto. Por ejemplo, al desarrollar una nueva definición de gobierno abierto, Honduras podría incluir un espacio cívico saludable como prerrequisito; la Declaración de Gobierno Abierto podría actualizarse para incluir compromisos de espacio cívico; y los futuros planes de acción de la OGP podrían incluir compromisos para apoyar el trabajo de las OSC, y mejorar la salud general del espacio cívico. Además, Honduras podría aumentar la representación de las minorías y garantizar la igualdad y la inclusión en la elaboración de políticas, en particular en el diseño y la implementación de su agenda de gobierno abierto, poniendo en marcha mecanismos específicos para las comunidades subrepresentadas, como los jóvenes, las comunidades indígenas y LGBTI. En este sentido, Honduras podría seguir el ejemplo de Costa Rica y Canadá e implementar instancias dedicadas para que las comunidades indígenas participen en la elaboración de políticas o inspirarse en las iniciativas de Brasil que buscan dar voz a comunidades como la Juvenil y LGBTI en el proceso de toma de decisiones.

El marco jurídico hondureño ya incluye varios elementos relacionados con la implementación de políticas y prácticas de gobierno abierto, incluyendo en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en la Ley de Participación Ciudadana. Sin embargo, el marco legal que establece la gobernanza de la agenda de gobierno abierto podría ser más detallado.

Siguiendo el ejemplo de miembros y no miembros de la OCDE como Canadá y Brasil, Honduras podría adoptar un decreto sobre Estado abierto, como base jurídica integrada para su agenda de gobierno abierto. Este Decreto también podría ser una herramienta para implementar las recomendaciones sugeridas en este capítulo y apoyar el avance del país hacia una agenda integrada de gobierno abierto y Estado abierto. El decreto sugerido se detalla en la sección de recomendaciones de este capítulo.

En la mayoría de los países, el entorno propicio para el gobierno abierto es el resultado de una combinación de diferentes estratos de leyes, políticas e instituciones. El marco legal y reglamentario establece las condiciones previas para que los gobiernos pongan en práctica los principios del gobierno abierto (OECD, de próxima publicación). Define las normas y determina los derechos y obligaciones de los ciudadanos, las partes interesadas y el gobierno. Tradicionalmente, el marco jurídico del gobierno abierto se compone de leyes que contienen disposiciones sobre diferentes políticas de gobierno abierto (por ejemplo, participación ciudadana, datos abiertos, rendición de cuentas, etc.), así como referencias a los derechos democráticos fundamentales (por ejemplo, libertad de expresión, asociación y reunión) (OECD, 2020[17]).

Como la mayoría de los países de la OCDE, Honduras no cuenta con una legislación específica sobre gobierno abierto. En cambio, su marco legal para el gobierno abierto se compone de diversas leyes y normas regulatorias, cada uno de los cuales aborda elementos de transparencia, participación, rendición de cuentas y protección del espacio cívico. Cuando el marco jurídico es coherente y se aplica de manera consistente e integrada, este mosaico de legislaciones no constituye per se un problema.

La Constitución Política de la República de Honduras se adoptó en enero de 1982. Al igual que las constituciones de la mayoría de los países miembros de la OCDE, la Constitución de Honduras no incluye ninguna referencia específica al concepto de gobierno abierto. Sin embargo, contiene una serie de disposiciones relativas a los principios de participación, integridad y rendición de cuentas, así como numerosas disposiciones relativas a la protección y promoción del espacio cívico (véase la Cuadro 5.2 para una descripción detallada).

A diferencia de muchos miembros de la OCDE, como Grecia y Portugal (Recuadro 5.5.), Honduras no tiene el derecho de acceso a la información consagrado en la Constitución. Aunque la Constitución reconoce el habeas data (derecho de acceso a los datos personales) en el Artículo 182, el acceso a la información no se menciona explícitamente (Government of Honduras, 1982[18]). No obstante, Honduras ha adherido a tratados internacionales y convenciones regionales relevantes que reconocen el derecho a la información, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Interamericana de Derechos Humanos. A largo plazo, Honduras podría considerar la posibilidad de consagrar el derecho a la información en la Constitución para proporcionar el necesario reconocimiento de alto nivel del acceso a la información como un derecho humano fundamental y para preservarlo y protegerlo a lo largo de los cambiantes ciclos políticos. El nuevo Gobierno ha dado pasos en la dirección correcta al presentar un anteproyecto de ley en este sentido.

El derecho de acceso a la información pública es el núcleo de un gobierno abierto. Se entiende como la capacidad de un individuo para buscar, recibir, impartir y utilizar información (UNESCO, n.d.[19]). A nivel nacional, la ejecución del derecho de acceso a la información se lleva a cabo principalmente mediante leyes de acceso a la información, presentes en 134 países, 37 de ellos miembros de la OCDE (RTI Rating, n.d.[20]). Honduras aprobó en 2006 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (en adelante, Ley ATI). La ley define el derecho de acceso a la información como "el derecho que tiene todo ciudadano a acceder a la información generada, gestionada o en poder de las instituciones obligadas previstas en esta ley" (Government of Honduras, 2006[21]). De acuerdo con la Calificación Global del Derecho a la Información (Global Right to Information Rating, RTI), que mide la calidad de las disposiciones legales de las leyes de acceso a la información, en febrero de 2022, la puntuación de la ley ATI hondureña (84) se sitúa ligeramente por encima de la media de la OCDE (81), pero por debajo de la región de América Latina y el Caribe (93) (RTI Rating, n.d.[22]).

La ley ATI hondureña tiene un amplio ámbito de aplicación, que abarca todos los poderes y niveles de gobierno, así como cualquier persona física o jurídica que reciba o gestione fondos públicos, incluidas las organizaciones no gubernamentales (ONG) y los partidos políticos (artículo 3 de la ley ATI hondureña). Esto supone 428 instituciones públicas en Honduras (IAIP, 2021[23]). Además, el artículo 13 define la información que debe publicarse de forma proactiva,5 incluyendo: el organigrama, las funciones y los servicios de los organismos públicos; los informes de auditoría de las instituciones; los informes anuales de actividad; los salarios de los funcionarios públicos; la legislación (por ejemplo, la Constitución, las leyes orgánicas, los decretos, las normas regulatorias); los documentos presupuestarios (por ejemplo, el presupuesto aprobado); las licitaciones (adquisiciones públicas); los mecanismos que permiten la participación de las partes interesadas; así como el nombre y la información de los funcionarios públicos encargados de las solicitudes de acceso a la información. La mayor parte de esta información se publica en el Portal Único de Transparencia.6 Además del Portal de Transparencia, también se ha desarrollado un Portal de Datos Abiertos, que centraliza conjuntos de datos abiertos relativos a las adquisiciones y contratación públicas7 (IAIP, n.d.[24]). Esta divulgación voluntaria de información favorece la transparencia y reduce los costos y las cargas administrativas asociadas a la respuesta a las solicitudes de información.

De acuerdo con el informe de 2021 del Instituto de Acceso a la Información Pública (en adelante IAIP) que evalúa el cumplimiento de las obligaciones proactivas, el 63% de las instituciones públicas publicaron toda la información requerida para el 1er semestre de 2021. Según el mismo informe, el 37% que no cumplió plenamente las disposiciones en materia de divulgación no reveló públicamente la información relativa al presupuesto, la planificación y la auditoría (IAIP, 2021[23]). A pesar de los avances en la cantidad de información y datos publicados, los resultados de la misión de investigación mostraron que la calidad de la información no siempre estaba a la altura de las normas de la OCDE. Esto se debe en parte a la falta de capacidades y recursos de los funcionarios públicos y al escaso conocimiento sobre los beneficios de una cultura de transparencia (véase la sección a continuación). Como resultado, la divulgación proactiva a menudo acaba siendo un ejercicio simbólico. La misión de investigación reveló que otro factor que obstaculiza la calidad de la información está relacionado con la inadecuación de la tecnología y los sistemas de gestión del sector público.

A nivel subnacional, el IAIP también ha desarrollado, en colaboración con socios internacionales y la Asociación Municipal de Honduras, un Índice de Transparencia Municipal y un Modelo de Gestión de la Transparencia Municipal (EUROsociAL+, 2020[25]). De acuerdo con las partes interesadas entrevistadas durante la misión de investigación, ambas iniciativas han facilitado el acceso y el seguimiento de las obligaciones de divulgación proactiva en los municipios. Sin embargo, se necesitan esfuerzos adicionales para aumentar la facilidad de uso y la interoperabilidad de estos mecanismos. Para ello, el gobierno podría considerar la posibilidad de realizar consultas con las partes interesadas para priorizar la información más útil, y dónde y cómo podría divulgarse de forma proactiva. Esto puede ayudar a garantizar la pertinencia y facilidad de uso de la información publicada de forma proactiva, así como la accesibilidad de los mecanismos para proporcionarla.

Una solicitud de información en Honduras puede presentarse por escrito o por medios electrónicos, indicando claramente la información solicitada, sin necesidad de explicar la motivación o cualquier otra razón que justifique la solicitud (artículo 34 de los estatutos de la ley ATI en relación con el artículo 20). Sin embargo, no se garantiza el anonimato: al presentar una solicitud, los nacionales, los residentes legales en el país, los residentes sin estatus legal, las OSC y las empresas nacionales y extranjeras deben presentar un documento que acredite su identidad (artículo 36 de los estatutos de la ley ATI). La posibilidad de ser identificados puede disuadir a las partes interesadas de solicitar información, ya que pueden temer represalias. Por este motivo, la OCDE y los países socios permiten cada vez más las solicitudes anónimas, ya sea de jure, con una legislación que protege explícitamente la integridad y la privacidad de las personas y las partes que presentan una solicitud de información, como México, Estonia y Noruega; o de facto, donde los países no exigen pruebas de identidad y sólo piden un correo electrónico o una dirección de contacto para enviar la información solicitada, como en Chile y Brasil (a nivel federal).

Para facilitar el proceso de solicitud de información, Honduras implementó el Sistema de Información Electrónico de Honduras (SIELHO).8 El SIELHO es una plataforma en línea en la que las partes interesadas pueden presentar solicitudes de información y apelaciones. El sistema redirige las solicitudes de información a los Oficiales de Información Pública (OIP) competentes de cada institución y proporciona información sobre el estatus de una solicitud. También recoge estadísticas sobre el tipo de información solicitada, el estatus de las solicitudes o el motivo por el que no se facilita la información.

Las leyes de acceso a la información suelen especificar también el plazo de espera para obtener una respuesta. El artículo 21 de la Ley ATI de Honduras y el artículo 39 de sus estatutos establecen un plazo máximo de 10 días para responder a la solicitud, frente a un promedio de 20 días hábiles en los países de la OCDE (OECD, 2016[2]). Las instituciones públicas sujetas a la ley ATI pueden denegar el acceso a información que entre en una lista de excepciones, incluyendo la seguridad nacional, las relaciones internacionales, los datos personales y la salud y seguridad públicas, entre otras (artículo 25 de los estatutos de la ley ATI). Un importante avance en este sentido es la derogación de la Ley de Secretos en marzo de 2022. Aprobada en 2013, la ley se utilizó a menudo para clasificar información y justificar la denegación de solicitudes de información (France24, 2022[26]). Si se deniega una solicitud de información, debe facilitarse una justificación al solicitante. Una vez que se haya notificado al solicitante la denegación de la solicitud, podrá interponer una apelación ante el IAIP. A continuación, el IAIP dispone de 10 días para revisar la apelación. Como último recurso, los solicitantes pueden apelar la decisión del IAIP mediante un amparo, que será resuelto por la Corte Suprema de Justicia.

Aunque el proceso legal general para la divulgación reactiva se ajusta a las normas de la OCDE, la implementación se está quedando atrás. El Plan Estratégico Institucional del IAIP identificó una falta general de accesibilidad y credibilidad de la información debido, entre otras razones, a una ineficaz estrategia de comunicación de los mecanismos existentes para solicitar información, a los limitados métodos de acceso a la información y a la falta de respuesta a determinadas solicitudes de información (IAIP, 2018[27]). Este problema se confirmó durante la misión de investigación, en la que las partes interesadas mencionaron una falta general de confianza en la información proporcionada por el gobierno. Aunque el solicitante también puede presentar una solicitud en persona, las partes interesadas señalaron las limitaciones del SIELHO para las solicitudes electrónicas, en particular en las zonas rurales, donde las habilidades digitales y la alfabetización digital son limitados. De hecho, el Banco Mundial sugiere que sólo el 32% de las personas utilizan Internet en Honduras (World Bank, n.d.[28]). Esto implica que la eficacia de los mecanismos de acceso a la información existentes sigue siendo limitada. De forma similar a las iniciativas tomadas en Colombia y México (ver Recuadro 5.6.), Honduras podría considerar mecanismos multicanal para crear conciencia sobre el derecho de acceso a la información y fomentar medidas de divulgación tanto proactivas como reactivas para contrarrestar la brecha digital existente y garantizar un acceso inclusivo y equitativo a la información.

Un factor importante para la implementación efectiva de las leyes ATI es la existencia de acuerdos institucionales sólidos que garanticen su aplicación. La función de estos organismos varía mucho entre los países miembros y socios de la OCDE, pero pueden agruparse en: 1) la ejecución, como la consolidación de la información divulgada de forma proactiva, la tramitación de quejas y la sanción del incumplimiento; 2) el seguimiento, como el proceso interno de apelación y el cumplimiento de la propia ley; y 3) la promoción de la ley, como el asesoramiento a las instituciones públicas y la capacitación, entre otras medidas. La ley ATI hondureña establece tres organismos con diferentes obligaciones: el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP); los funcionarios de acceso a la información (OIP); y el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA).

El IAIP se encarga de promover y facilitar el acceso a la información pública a las partes interesadas, así como de regular y supervisar los procedimientos de las instituciones sujetas a la ley en materia de protección, clasificación y custodia de la información pública. El IAIP es un organismo autónomo, con independencia operativa, de toma de decisiones y presupuestaria. Se compone de tres comisarios, elegidos por el Congreso Nacional por un período de cinco años (IAIP, n.d.[29]). El IAIP tiene, entre otras, las siguientes funciones y competencias:

  • dar seguimiento y resolver apelaciones

  • establecer los manuales e instrucciones de clasificación, archivo, salvaguarda y protección de la información pública, que deben aplicar las instituciones públicas

  • establecer los criterios y recomendaciones para el funcionamiento del Sistema Nacional de Información Pública

  • aplicar sanciones por incumplimiento de la ley ATI y de las directrices de verificación

  • llevar a cabo los procedimientos administrativos necesarios para garantizar el derecho de acceso a la información de los ciudadanos

  • presentar un informe semestral de actividades a la Presidencia de la República y al Congreso Nacional

  • llevar a cabo actividades de promoción y divulgación sobre el ejercicio del derecho de acceso a la información

  • garantizar la divulgación de información proactiva según el artículo 13 de la ley ATI.

Según el Plan Estratégico Institucional 2019-23 del IAIP, un reto relevante es la falta de cultura de transparencia en el sector público (IAIP, 2018[27]). Esto se debe a una serie de factores, como la politización de las instituciones públicas, valores cívicos limitados, la debilidad de la lucha contra la corrupción y la falta de interés de la sociedad civil. Durante la misión de investigación, las partes interesadas reconocieron el mandato y los esfuerzos del IAIP por promover el derecho de acceso a la información y garantizar su implementación legal. Sin embargo, se expresó preocupación por los limitados recursos humanos y financieros del Instituto, que dificultan su capacidad para cumplir eficazmente su mandato. Por lo tanto, es necesario seguir reforzando las capacidades del IAIP para aumentar su capacidad de aplicación, incluidas las obligaciones de promoción y supervisión de la ley ATI, garantizando un nivel adecuado de recursos humanos y financieros. En términos de aplicación, esto permitiría al IAIP aumentar la supervisión a las 428 instituciones públicas sujetas a la ley ATI.

Además del IAIP, el CNA desempeña un papel crucial a la hora de garantizar la correcta implementación de la Ley ATI al recibir del IAIP cifras actualizadas sobre apelaciones y sanciones, así como el informe semestral de actividades para monitorear la aplicación de la Ley ATI. El CNA es un organismo independiente con personalidad jurídica integrado por partes interesadas de la sociedad civil, creado por el Decreto Legislativo Núm. 07-2005 con el objetivo de apoyar las políticas y acciones emprendidas en la lucha contra la corrupción por el gobierno de la República de Honduras (CNA, n.d.[30]).

Por último, los funcionarios de acceso a la información u OIP son la(s) persona(s) designada(s) por cada una de las 428 instituciones sujetas a la ley como responsable de la gestión eficaz de las obligaciones de divulgación proactiva y reactiva, función que existe en el 50% de los países de la OCDE. La designación de funcionarios de acceso a la información en todas las instituciones públicas con los recursos adecuados es esencial para implementar eficazmente una ley de acceso a la información. Sin embargo, según la misión de investigación, los OIP carecen a menudo de capacidades y recursos, tanto humanos como financieros, para desempeñar adecuadamente sus funciones. Esto dificulta la calidad de la información facilitada a los solicitantes, tanto de forma proactiva como reactiva. El IAIP ofrece capacitación a los OIP para reforzar sus capacidades, por ejemplo, con un programa de certificación, y ha creado una red informal de funcionarios en cada departamento. Sin embargo, la falta de continuidad de los funcionarios, en particular a nivel local debido a los cambios durante las transiciones políticas, es otro reto relevante. En términos de capacidades, el IAIP podría aprovechar el programa de certificación existente y la red informal para ampliar la capacitación y establecer una red formal entre los funcionarios públicos OIP para llevar a cabo el desarrollo de capacidades y promover la cooperación y el intercambio de conocimientos y experiencias. En Brasil, la Red del Servicio de Información al Ciudadano (Serviço de Informação ao Cidadão - SIC) (RedeSIC) es un ejemplo relevante de red formal que ofrece capacitación a funcionarios de acceso a la información de todos los niveles y ramas del gobierno, incluidos miembros de los medios de comunicación y expertos académicos.

Honduras adoptó su Ley de Participación Ciudadana en 2006 como "medio para modernizar la forma en que los ciudadanos pueden participar en la vida pública como parte del principio de democracia participativa que consagra la unidad nacional". La ley define la participación ciudadana como "la inclusión de los ciudadanos en la formulación, ejecución y evaluación de todas las políticas y acciones del Estado", e introduce cuatro mecanismos (Government of Honduras, 2006[31]):

  • plebiscito

  • referéndum

  • cabildos abiertos

  • iniciativa ciudadana.

Además, el marco legal del país para la participación ciudadana (véase la Cuadro 5.2) incluye la Ley de Municipalidades de 1990, que creó las Comisiones Ciudadanas de Transparencia como órganos de participación para actuar como mecanismo de rendición social de cuentas para supervisar y monitorear el uso de los recursos públicos y garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos a nivel municipal (Government of Honduras, 1990[32]). La Ley de Descentralización del Estado de 2016 encargó a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización "promover la gobernanza local a través del fortalecimiento de la participación ciudadana y la rendición social de cuentas para lograr un proceso de descentralización sostenible y transparente" (Government of Honduras, 2016[33]).

La adopción de un marco legal sobre la participación de los ciudadanos y las partes interesadas contribuye a aclarar las responsabilidades de las autoridades públicas y apoya la institucionalización de la participación. Honduras ha adoptado tres importantes instrumentos legislativos en materia de participación. Sin embargo, aún quedan algunos retos para garantizar que este marco contribuya eficazmente al desarrollo de una cultura de participación en Honduras. La evidencia recopilada por la OCDE sugiere que el marco legal existente sobre participación no se implementa correctamente y carece de mecanismos de seguimiento. Por ejemplo, el Foro Nacional de Participación Ciudadana nunca llegó a crearse, y los distintos mecanismos enumerados en la legislación rara vez se organizan o tienen un impacto mínimo en la toma de decisiones (LATINNO, 2017[34]).

El marco legal del país podría enriquecerse con formas adicionales y más ambiciosas de participación ciudadana y de las partes interesadas. La Ley de Participación Ciudadana (2006) podría revisarse para incluir mecanismos más atractivos y significativos como los presupuestos participativos, las consultas ciudadanas9 o los procesos deliberativos10. Honduras podría inspirarse en países miembros y socios de la OCDE, como México, Colombia o Brasil, que han incluido un conjunto diverso de mecanismos participativos en su legislación (véase Recuadro 5.7.).

Dado el contexto de Honduras, determinadas prácticas de otros países latinoamericanos podrían servir de inspiración. Por ejemplo, los presupuestos participativos en Brasil han demostrado ser una herramienta eficaz para involucrar a ciudadanos y partes interesadas en las decisiones públicas, con efectos concretos y tangibles sobre la inclusión, la calidad democrática y la reducción de la corrupción.

El marco legal de Honduras encarga a dos autoridades públicas la supervisión de la agenda de participación ciudadana. Por un lado, la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia (SDT)11 se encarga de promover la participación ciudadana en materia de transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción. Por otro lado, la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD) es la encargada de diseñar e implementar la política nacional de participación ciudadana a nivel subnacional, y garantizar la implicación de la sociedad civil. Además de estos organismos, la legislación crea diferentes mecanismos de coordinación dentro del gobierno y con partes interesadas no gubernamentales, concretamente, el Foro Nacional de Participación Ciudadana,12 los Consejos de Desarrollo Municipal y Departamental y las Mesas Comunitarias de la Participación Ciudadana.

La evidencia recopilada por la OCDE durante la misión de investigación sugiere que esta arquitectura institucional en el nivel central de gobierno podría reforzarse. En primer lugar, Honduras podría clarificar el liderazgo institucional para la agenda de participación a nivel nacional estableciendo este mandato en una oficina dedicada, ya sea en la institución encargada de la agenda de gobierno abierto o en la SGJD. Una Unidad de Participación Ciudadana específica podría seguir los ejemplos de los países de la OCDE (véase Recuadro 5.8.) y encargarse de la implementación de los procesos participativos y de la coordinación con otras autoridades nacionales, y podría funcionar como un centro de conocimientos especializados que prestara soporte técnico en materia de participación ciudadana a todas las instituciones públicas. Esta función de apoyo podría reforzarse conjuntamente con la institución competente encargada de la capacitación de los funcionarios.13 Este mandato debería estar respaldado por recursos suficientes, ya que las entrevistas revelaron que la SDT no disponía de recursos humanos específicos ni de mecanismos para dirigir la agenda de participación. Alternativamente, añadiendo a sus responsabilidades subnacionales y de espacio cívico, la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización podría ampliar su papel y abarcar la agenda nacional de participación ciudadana.

En segundo lugar, el propuesto Foro Nacional de Participación Ciudadana nunca se creó, y no hay una comprensión clara del papel/responsabilidades de los Consejos de Desarrollo Municipal y Departamental ni de las Mesas Comunitarias de la Participación Ciudadana. Estos órganos colegiados y deliberativos podrían apoyar a la institución bajo mandato en su función de dirigir y promover la participación ciudadana en todo el país. El Foro Nacional de Participación Ciudadana (FNPC) podría implementarse como un espacio de colaboración entre partes interesadas públicas y no públicas sobre prácticas participativas tanto a nivel local como nacional. Honduras podría implementar este Foro como espacio de diálogo, coordinación, seguimiento e intercambio de buenas prácticas. El Foro podría inspirarse en los Consejos de Política Nacional brasileños, en los que las autoridades públicas y los representantes de la sociedad civil configuran colectivamente las políticas y los servicios en ámbitos políticos específicos. Como parte de estos organismos, Honduras debería fomentar la colaboración con actores clave de la sociedad civil, como el FONAC (Foro Nacional de Convergencia).

El entorno propicio para el gobierno abierto incluye políticas que orientan al gobierno a medio y/o largo plazo. El marco de políticas establece la guía para las reformas del gobierno abierto definiendo el "qué" y el "cómo" (OECD, 2016[2]). El marco de políticas suele consistir en documentos de políticas (por ejemplo, estrategias, planes de acción) que detallan iniciativas, compromisos y proyectos destinados a fomentar los principios del gobierno abierto.

En Honduras, el documento de políticas más importante en materia de gobierno abierto es el Plan de Acción de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP). Sin embargo, las referencias a la promoción de los principios de gobierno abierto también se incluyen en otros documentos de políticas como la Visión de País 2010-38 y la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción publicada en 2018. Los documentos de políticas más relevantes para el gobierno abierto en Honduras se presentan en Cuadro 5.3.

Honduras se unió a la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP) en 2011. De acuerdo con las normas de la OGP, los miembros tienen que elaborar planes de acción semestrales. Estos planes tienen que ser el producto de un proceso de co-creación en el que las instituciones gubernamentales y la sociedad civil trabajen juntas para diseñar compromisos que tengan como objetivo fomentar los principios del gobierno abierto (OECD, 2020[17]). En toda la zona de la OCDE, los planes de acción de la OGP se han convertido en la forma más común de marcos políticos orientados a la acción para la promoción de la apertura. Al redactar este informe, 29 de los 38 países de la OCDE eran miembros de la OGP (OGP, 2021[35]).

El plan de acción de la OGP 2011-2013 de Honduras supuso el primer intento del país de agrupar una serie de iniciativas de gobierno abierto en un único documento político. Entre 2011 y 2021, Honduras elaboró cuatro planes de acción, incluyendo 67 compromisos en diferentes áreas de gobierno abierto. Los planes de acción de la OGP han constituido la piedra angular de la agenda de gobierno abierto en Honduras y el proceso de la OGP ha servido como punto de partida para el desarrollo de agendas políticas en una serie de áreas de gobierno abierto. Por ejemplo, el segundo plan de acción sirvió de plataforma para crear la Política de Transparencia del país, y la Política Nacional de Datos Abiertos fue el resultado del tercer plan de acción de la OGP. El proceso de la OGP fue también la base sobre la que se adoptó la Declaración de Gobierno Abierto.

Un análisis de los cuatro Planes de Acción de la OGP de Honduras revela que estos planes han tenido un fuerte enfoque en el lado informativo de la apertura,14 es decir, acciones relacionadas con el acceso a la información, la transparencia y los datos abiertos (Figura 5.3. ). Como en muchos países de la OCDE, los compromisos relacionados con una ciudadanía más comprometida han sido menos frecuentes. Más concretamente, el acceso a la información ha sido la categoría más destacada en los cuatro planes de acción. Más del 90% de los compromisos del segundo y tercer plan están relacionados con el acceso a la información. Mientras que la participación ciudadana figura en aproximadamente la mitad (52.2%) de los compromisos en promedio, la rendición pública de cuentas sólo lo hace en uno de cada cinco compromisos (19.2%). El último plan de acción no incluye ningún compromiso relacionado con la rendición de cuentas. Además, la tecnología ha ido adquiriendo cada vez más importancia con el paso del tiempo. Mientras que ligeramente más de una cuarta parte del primer plan de acción (28.1%) se refería a la tecnología, este valor ha aumentado más del doble en los dos últimos planes de acción. Ahora representa el 65% de los compromisos y ha sido tan prominente como el Acceso a la Información en la versión de 2018. Honduras podría considerar incluir más compromisos sobre las otras áreas de apertura más allá del acceso a la información, especialmente la participación ciudadana y la rendición de cuentas, para asegurar que los Planes de Acción que siguen contribuyen a una comprensión más ambiciosa del gobierno abierto.

La ambición de avanzar hacia un Estado abierto se refleja en el aumento gradual de diferentes actores, más allá del poder ejecutivo, que participan en el diseño y la implementación de los compromisos de la OGP. Honduras podría continuar sus esfuerzos para aumentar la diversidad de los actores involucrados en el proceso de la OGP. Reconociendo su autonomía, el nivel central podría llegar a más gobiernos subnacionales para integrar el proceso de la OGP. En este sentido, Honduras podría alinear los compromisos asumidos por las diferentes partes interesadas en la Declaración de Gobierno Abierto con los compromisos de la OGP, para utilizar estos planes de acción como una herramienta para hacer operativos los compromisos de alto nivel, aumentar la evaluación y apoyar un movimiento coherente hacia un Estado abierto.

La evidencia recopilada apunta a que la implementación de los Planes de Acción de la OGP en Honduras debería mejorarse. Los datos del Sistema de Monitoreo y Seguimiento de la Alianza Gobierno Abierto Honduras (SIMAGAH) muestran que, para el tercer Plan de Acción de la OGP, no se completó ni un solo compromiso y el 61.54% se implementó parcialmente (menos del 40% de cumplimiento). En cuanto al cuarto Plan de Acción de la OGP (2018-21), solo se ha completado el 14.51% de los compromisos (véase la Figura 5.5), aunque cabe señalar que las restricciones relacionadas con COVID-19 repercutieron en la implementación de esta y otras políticas. La implementación insuficiente no es sólo un problema de los Planes de Acción de la OGP en Honduras, ya que se hace eco del principal reto para el gobierno abierto en el país en general.

Como se ha expuesto en el Capítulo 3, Honduras ha adoptado documentos de políticas estratégicas de alto nivel para definir una visión a largo plazo del país y las aspiraciones en los ámbitos social, económico y político, como la Visión de País y el Plan de Nación. La experiencia de los países de la OCDE demuestra que la inclusión de elementos de gobierno abierto en los principales documentos de políticas estratégicas es beneficiosa, ya que aporta una visión a largo plazo a la agenda de gobierno abierto.

Honduras podría considerar incluir objetivos de alto nivel de sus agendas de gobierno abierto y Estado abierto en dichos documentos, abriendo una oportunidad para alinear la agenda de gobierno abierto con otros objetivos de políticas como la lucha contra la corrupción, una democracia más fuerte, un espacio cívico saludable y una administración pública más eficiente. Por ejemplo, Honduras podría incluir el objetivo de un Estado abierto, o acciones tangibles como el diseño de una Política de Gobierno Abierto para todo el gobierno, así como un conjunto de indicadores para medir su implementación como objetivo. Honduras también podría incluir iniciativas concretas de gobierno abierto para apoyar objetivos más amplios, como procesos participativos para mejorar el control ciudadano del gasto público, o datos abiertos para combatir la corrupción a través de la adquisición pública. Los miembros de la OCDE, como Colombia, podrían servir de inspiración en este sentido (Recuadro 5.9.).15

Siguiendo los pasos de miembros de la OCDE como Costa Rica en 2015 y Colombia en 2017 (ver Recuadro 5.10.), Honduras adoptó la Declaración para Consolidar a Honduras como un Estado Abierto (en adelante La Declaración) en 2018 como una declaración de alto nivel firmada por todos los poderes y el nivel subnacional de gobierno (ver Recuadro 5.11. para más detalles).

Además de establecer una visión y unos objetivos para cada poder, como aumentar la transparencia y la participación del gobierno central y desarrollar una política de parlamento abierto por parte del poder legislativo, la Declaración crea la Mesa Inter-agencial de Transparencia y Anticorrupción (MITA) para coordinar la implementación de los compromisos y garantizar la colaboración entre los distintos poderes y niveles de gobierno. Esta Mesa también es responsable de la coordinación e implementación de la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción.

La OCDE reconoce el nivel de ambición de la Declaración. Sin embargo, la evidencia recogida durante la misión de investigación de la OCDE muestra que existe una buena comprensión del concepto de Estado abierto en todos los poderes, pero el nivel de implementación práctica sigue siendo desigual. Esto se debe en parte a que muchos de los compromisos incluidos en la Declaración no son medibles y carecen de indicadores para su evaluación. Por ejemplo, Honduras ha dado pasos positivos hacia una Justicia Abierta con compromisos en su último Plan de Acción de la OGP e iniciativas para aumentar la transparencia (datos abiertos, comunicación y lenguaje sencillo), fomentar la alfabetización en gobierno abierto (cursos y uso de medios tradicionales) y la participación ciudadana (líderes comunitarios, procesos participativos para seleccionar jueces). Mientras que el poder judicial parece haber avanzado, la evidencia muestra que el legislativo se está quedando atrás en términos de transparencia y participación. Por ejemplo, el Índice Latinoamericano de Transparencia Legislativa 2020 otorgó a Honduras la calificación más baja de la región y destacó la ausencia de información sobre presupuesto y participación ciudadana (Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa, 2020[36]).

Para que Honduras avance efectivamente hacia un Estado abierto, la Declaración debe hacerse operativa. Honduras podría considerar integrar los compromisos incluidos en la Declaración dentro de la Política de Gobierno Abierto sugerida y sus subsiguientes planes de acción. Como parte de esta ambición de todo el Estado, todos los poderes y niveles de gobierno podrían desarrollar su propio plan de acción para implementar los objetivos de la Declaración mediante acciones e hitos concretos. La Política de Estado Abierto adoptada recientemente en Colombia podría servir de inspiración para hacer operativa la Declaración de alto nivel (véase Recuadro 5.9.).

Si bien el plan de acción de la OGP constituye la piedra angular de la agenda de gobierno abierto de Honduras, diferentes partes interesadas reconocieron durante la misión de investigación de la OCDE que el plan de acción de la OGP no permite una visión integrada sobre cómo todas las instituciones públicas, en todos los poderes, pueden contribuir a transformar Honduras para que sea un país más transparente, participativo y responsable de la rendición de cuentas.

Con respecto a la naturaleza del plan de acción de la OGP (a corto plazo y basado en compromisos), es una herramienta para crear una comunidad de promotores del gobierno abierto y establecer el entorno para reformas más amplias, pero no promueve un cambio de cultura ni proporciona una visión a largo plazo para el país. Con el fin de aplicar un enfoque verdaderamente integral a la promoción de la apertura, la OCDE invita a los países a considerar la adopción de una Estrategia de Gobierno Abierto integrada. La Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto (2017[1]) define una Política/Estrategia de Gobierno Abierto como:

"Un documento que define la agenda de gobierno abierto del gobierno central y/o de cualquiera de sus niveles subnacionales, así como la de una única institución pública o área temática, y que incluye iniciativas clave de gobierno abierto, junto con objetivos e indicadores a corto, medio y largo plazo".

Una Estrategia de Gobierno Abierto proporciona un marco para alinear todos los documentos de políticas relacionados con la apertura (por ejemplo, el Plan de Acción de la OGP, la Política de Datos Abiertos, los Planes de Acceso a la Información, etc.) y reunirlos bajo una narrativa coherente a medio y largo plazo. Al reconocer los beneficios de contar con un marco de políticas general para el gobierno abierto, un número cada vez mayor de miembros y no miembros de la OCDE, entre ellos Canadá, Colombia, Italia y Argentina, han comenzado a diseñar y aplicar estrategias/políticas federales/centrales de gobierno abierto (OECD, 2020[17]). En última instancia, la Política/Estrategia de Gobierno Abierto de cada país debe adaptarse a su contexto y prioridades específicos.

Para avanzar hacia una agenda de gobierno abierto más integrada, y como mecanismo para mejorar la implementación de objetivos de alto nivel, Honduras podría considerar la adopción de su primera Estrategia de Gobierno Abierto para todo el gobierno. El documento sugerido podría centrarse en la implementación de los principios del gobierno abierto (transparencia, participación, rendición de cuentas) en todo el Estado. Podría ser la oportunidad de alinear los objetivos de alto nivel fijados en la Declaración de Gobierno Abierto con iniciativas procesables y mensurables. La Estrategia de Gobierno Abierto sugerida podría crear sinergias entre el gobierno abierto y áreas prioritarias clave del gobierno, como la lucha contra la corrupción.

Además de la Política de Gobierno Abierto, Honduras también podría considerar la adopción de un marco político dedicado a la integridad pública, que incluya todos los elementos que van más allá del ámbito del gobierno abierto, como la probidad, los códigos de conducta, la ética y la integridad electoral. Esta Política podría seguir los principios y orientaciones de la Recomendación del Consejo de la OCDE sobre Integridad Pública (2017[37]), que define la integridad pública como la alineación coherente y la adhesión a valores éticos, principios y normas compartidos para defender y dar prioridad al interés público sobre los intereses privados en el sector público. Para más información sobre el enfoque de la OCDE en materia de integridad pública, véase el Recuadro 5.A1.2 del Anexo.

El marco institucional para el gobierno abierto está formado por todas aquellas instituciones públicas que tienen responsabilidades relacionadas con la coordinación, promoción, supervisión e implementación de diferentes iniciativas de gobierno abierto en todo el gobierno. En cualquier país, diversas instituciones y entidades de todos los poderes del Estado y niveles de gobierno tienen mandatos y funciones que contribuyen al gobierno abierto (Cuadro 5.4).

Como ya se ha comentado, la agenda de gobierno abierto en Honduras está fuertemente vinculada a la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP). A partir de noviembre de 2021, la Secretaría de Transparencia fue el punto de contacto hondureño de la OGP y se encargó de coordinar el proceso de la OGP. La SDT se estableció por primera vez en la Presidencia de la República y adquirió rango ministerial en noviembre de 2020. La SDT se dividió en tres Direcciones y siete Unidades, con las principales responsabilidades en materia de gobierno abierto cubiertas por la Dirección Presidencial de Prevención y Transparencia del Estado y la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas. La actual administración (2022-26) anunció recientemente el organigrama del Gobierno, que a partir de junio de 2022 encomienda a la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción la dirección del gobierno abierto.

El mandato legal de la SDT, establecido mediante el Decreto PCM-111-2020 y modificado por el Decreto PCM-021-2021, no hacía mención explícita al concepto de gobierno abierto, pero sí enumeraba una lista de responsabilidades en relación con los pilares de transparencia, participación, rendición de cuentas y el avance hacia un Estado Abierto (Government of Honduras, 2020[38]), incluyendo:

  • Asesorar y asistir al Presidente y a su Gabinete en la formulación de políticas de transparencia, lucha contra la corrupción, gobierno digital y modernización del Estado.

  • Coordinar las entidades implicadas en la implementación de la Política de Estado Abierto a nivel nacional y subnacional.

  • Diseñar, coordinar e implementar directrices y mecanismos para reforzar la participación ciudadana, la rendición social de cuentas, el acceso a la información, la integridad y la transparencia.

  • Formular indicadores para medir el nivel de transparencia de todas las instituciones públicas.

  • Implementar el Índice Nacional de Transparencia y facilitar la coordinación con el mundo académico para la creación del Observatorio Nacional de Transparencia.

  • Asesorar al Presidente y a su Gabinete en la implementación de mecanismos para fomentar la rendición de cuentas de las instituciones públicas y los funcionarios públicos.

  • Asesorar al Presidente y a su Gabinete en la implementación de mecanismos para fomentar la participación ciudadana.

  • Promover la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción.

  • Implementar y supervisar el Sistema Nacional de Transparencia, como mecanismo para que los ciudadanos presenten denuncias sobre corrupción de las autoridades públicas.

La actual Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción se enmarca en el Decreto PCM 05-2022, que encomienda a esta autoridad la supervisión e implementación de la acción gubernamental en materia de transparencia, lucha contra la corrupción y buen gobierno. Sin embargo, el Decreto PCM 05-2022 no menciona el gobierno abierto o el Estado abierto como parte de sus responsabilidades.

La creación de una entidad específica encargada de la agenda de gobierno abierto es una buena práctica entre los países de la OCDE, y está en consonancia con la Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto. Si Honduras decide perseguir una visión integrada para su agenda de gobierno abierto, el país podría considerar el establecimiento de una Oficina de Gobierno Abierto a cargo de supervisar la implementación de la Política Nacional de Gobierno Abierto para el gobierno central, y apoyar el nivel subnacional y otros poderes del Estado, en coordinación con otras entidades como la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. Esta oficina podría tener en cuenta responsabilidades adicionales relevantes como la transformación digital del Estado, la promoción de una cultura de integridad y la lucha contra la corrupción. Honduras podría integrar la Oficina de Gobierno Abierto en una institución ya existente, como la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, o crear una institución específica, como un Ministerio de Gestión Pública.

Este cambio requeriría una revisión del marco legal. En este sentido, Honduras podría revisar los Decretos existentes PCM-111-2020, PCM-021-2021 y PCM-05-2022, para incluir la creación de la Oficina de Gobierno Abierto en el Decreto de Estado Abierto sugerido o adoptar un Decreto específico. Esto también puede ser una oportunidad para aclarar el mandato de esta Oficina con respecto a otras instituciones de relevancia para la agenda de gobierno abierto, para integrar explícitamente el concepto de gobierno abierto y estado abierto en su mandato legal e incluir la dirección de la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto de Honduras como parte de sus responsabilidades principales.

Además de establecer una Oficina de Gobierno Abierto, Honduras podría considerar la creación de Coordinadores Institucionales de Gobierno/Estado Abierto específicos en todas las instituciones públicas, como medio para fomentar la coordinación y traducir los objetivos de alto nivel en realidades institucionales. Los Coordinadores Institucionales de Gobierno Abierto podrían garantizar que la agenda de gobierno abierto se traduzca en prácticas institucionales, y se coordinarían con la Oficina de Gobierno Abierto y todas las oficinas pertinentes (OIP, TSC, oficinas de auditoría interna, etc.) para garantizar la implementación de la Política Nacional de Gobierno Abierto y Anticorrupción. Honduras podría considerar la posibilidad de basarse en los actuales funcionarios de acceso a la información (OIP) e integrar más responsabilidades como la coordinación de la participación, la rendición social de cuentas y la coordinación con otros poderes y actores.

La creación de una institución específica en el gobierno central16 para dirigir las agendas de transparencia y lucha contra la corrupción ha demostrado la disposición de Honduras de situar la transparencia y el acceso a la información al frente de las prioridades del gobierno. Sin embargo, la evidencia recopilada por la OCDE durante la misión de investigación sugiere que la desaparecida Secretaría de Transparencia (SDT) creó un malentendido inicial y una duplicación de funciones con respecto a otras autoridades como el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA). Las partes interesadas entrevistadas señalaron una falta de comunicación y coordinación adecuadas para evitar la duplicación y el solapamiento en términos de mandato y recursos entre las autoridades mencionadas. El Decreto PCM-021-2021, que modificó el mandato original de la SDT, reconoció la importancia de la cooperación y la coordinación entre los organismos encargados de las agendas de acceso a la información y transparencia:

  • Artículo 9 del Decreto PCM-021-2021: "La SDT prestará el apoyo que requieran el IAIP, el TSC o el Ministerio Público para garantizar el debido cumplimiento de las normas regulatorias vigentes en materia de prevención de la corrupción y transparencia". Las disposiciones de este decreto no menoscaban, tergiversan, restringen o contradicen las leyes vigentes, especialmente la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública."

En cuanto a las obligaciones de transparencia, la SDT tenía el mandato de supervisar y garantizar el cumplimiento de la divulgación proactiva de información, como la elaboración de indicadores de transparencia de la administración pública (artículo 7, Decreto PCM-111-2020). Si bien el Decreto destaca la necesidad de coordinar con las entidades públicas relacionadas con el tema, no reconoció el mandato del IAIP de implementar el Sistema Nacional de Acceso a la Información y de garantizar la divulgación de información proactiva. Además, la misión de investigación puso de manifiesto una falta de coordinación entre ambos organismos en cuanto a la planificación e implementación de las medidas de transparencia y responsabilidades mencionadas. Un reto similar existe en relación con el TSC y el CNA, donde el mandato otorgado a la SDT en las áreas de rendición de cuentas y lucha contra la corrupción creó solapamientos y reduce la claridad sobre los actores implicados. Además de un solapamiento jurídico, la creación de una nueva entidad puede mermar el presupuesto y los recursos disponibles para instituciones independientes como el IAIP y el TSC. Este reto fue destacado por actores clave en Honduras como el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) (2020[39]), el CNA (2020[40]) y las organizaciones no gubernamentales, que también lamentaron la falta de coordinación y consulta previas. Honduras tiene la oportunidad de abordar esto como parte de los nuevos acuerdos institucionales, que se detallarán en próximos decretos.

El mandato de la Oficina de Gobierno Abierto sugerida debería evitar solapamientos y duplicaciones con las instituciones públicas existentes que tienen responsabilidades relevantes en el ámbito del gobierno abierto, como el IAIP y el TSC. En cuanto al acceso a la información, la Oficina de Gobierno Abierto podría contribuir a garantizar un apoyo de alto nivel a las políticas de transparencia, respetando al mismo tiempo el mandato del IAIP de implementar la ley ATI. Lo mismo ocurre con el marco legal de rendición de cuentas y lucha contra la corrupción y el papel desempeñado por la sociedad civil en el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), y las responsabilidades de autoridades públicas como el TSC.

Honduras podría considerar adoptar un enfoque colaborativo para diseñar el mandato de la Oficina de Gobierno Abierto, consultando y garantizando el diálogo con autoridades relevantes como el CNA, el TSC, el IAIP y la sociedad civil. Estos esfuerzos podrían fomentar una relación constructiva entre las instituciones y aumentar la comunicación y la coordinación entre todas las instituciones públicas implicadas en la agenda del gobierno abierto.

El gobierno abierto es transversal por naturaleza. El éxito de iniciativas como las que se centran en aumentar la transparencia o implicar a las partes interesadas en la toma de decisiones a menudo depende, por tanto, de una cooperación y coordinación eficaces (véase en el Capítulo 2 un análisis de la coordinación en el centro de gobierno). En consecuencia, la Disposición 4 de la Recomendación de la OCDE (2017[1]) destaca la importancia de una coordinación horizontal eficaz (entre entidades del mismo nivel de gobierno) y vertical (entre diferentes niveles de gobierno) de las políticas de gobierno abierto "a través de los mecanismos institucionales necesarios (...) para garantizar que se alinean con todos los objetivos socioeconómicos relevantes y contribuyen a ellos".

La coordinación entre los distintos poderes del Estado y los diferentes niveles de gobierno es necesaria para apoyar una transición eficaz hacia un Estado abierto. Aunque está claro que los diferentes poderes del Estado son y deben ser independientes entre sí, en un país con un enfoque de Estado abierto toda la sociedad trabaja conjuntamente para desarrollar un entendimiento común y un compromiso con una mayor apertura (OECD, 2019[41]).

De 2018 a 2022, Honduras había establecido dos mecanismos para coordinar su agenda de transparencia y la Declaración de Estado Abierto. Estos mecanismos incluían a partes interesadas gubernamentales y no gubernamentales:

  • la Mesa Interagencial de Transparencia y Anticorrupción (MITA) y

  • el Consejo Nacional de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Sin embargo, la evidencia recopilada durante la misión de investigación de la OCDE revela que había solapamientos entre los objetivos y los mandatos de estos organismos, y que sus funciones en la agenda general de gobierno abierto no siempre estaban claras para todas las partes interesadas. Por ejemplo, las partes interesadas entrevistadas expresaron su preocupación por la duplicación entre la MITA y el Consejo Nacional de Transparencia y Rendición de Cuentas creado mediante el Decreto PCM-111-2020. Además de estos organismos, Honduras ha creado otros para coordinar e implementar el proceso de la OGP:

  • el Consejo Interinstitucional de la Alianza por un Gobierno Abierto de Honduras

  • el Comité Técnico de Seguimiento de la Alianza de Gobierno Abierto (OGP)

  • las Mesas de Enlace Técnico

  • la Mesa Académica de la OGP

  • el Consejo Juvenil de la OGP.

Como parte de la reestructuración de la arquitectura institucional, Honduras podría establecer un conjunto de mecanismos para mejorar la coordinación, implementación y seguimiento de la agenda de gobierno abierto.

Esta nueva estructura podría incluir:

  • El Consejo Nacional de Estado Abierto y Prevención de la Corrupción: un organismo de alto nivel para garantizar la coordinación e implementación de la Declaración de Gobierno Abierto y la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto sugerida. Este órgano podría estar integrado por representantes de alto nivel del poder ejecutivo y de los poderes legislativo y judicial, así como de instituciones independientes y del nivel subnacional de gobierno, y podría ser presidido por el Presidente de la República, y su Secretaría coordinada por la sugerida Oficina de Gobierno Abierto.

  • Foro Multilateral de Gobierno Abierto: organismo técnico encargado de coordinar el proceso de la OGP.

  • Comisiones Ciudadanas de Estado Abierto: con base en las actuales Comisiones Ciudadanas de Transparencia, estos organismos podrían ampliar el alcance de la rendición social de cuentas y permitir que los ciudadanos y las partes interesadas supervisen y evalúen las políticas más allá de la transparencia, incluido el gobierno abierto y el Estado abierto.

En los últimos años, Honduras ha comenzado a crear diferentes mecanismos para facilitar la implementación eficaz de su agenda de gobierno abierto. Esto incluye el diseño de actividades de capacitación, herramientas y comunicación. Como se ha discutido a lo largo de este capítulo, una de las debilidades de la agenda de gobierno abierto en Honduras es el nivel de implementación de sus documentos de políticas (es decir, el Plan de Acción de la OGP), del marco legal (es decir, la Ley ATI), de los mecanismos institucionales (es decir, el Foro Nacional de Participación Ciudadana) y de prácticas como los mecanismos de participación (es decir, los laboratorios de innovación ciudadana).

Para mejorar la implementación y aumentar el impacto de las reformas de gobierno abierto, la Recomendación de la OCDE (2017) invita a los adherentes a promover la alfabetización en gobierno abierto (Disposición 3) y fomentar el seguimiento y la evaluación (Disposición 5).

La OCDE define la alfabetización en gobierno abierto como "la combinación de concienciación, conocimientos y habilidades que los funcionarios públicos y las partes interesadas necesitan para participar con éxito en estrategias e iniciativas de gobierno abierto" (OECD, 2017[1]). Para desarrollar e implementar con éxito iniciativas de gobierno abierto, a cualquier nivel, se necesitan funcionarios públicos capaces. Los funcionarios públicos necesitan recursos y capacitación para trabajar en colaboración con las partes interesadas de la sociedad civil y poder responder a sus necesidades.

Honduras ha implementado algunas iniciativas que van en esta dirección, como el Diplomado Virtual de Gobierno Abierto, cuyo objetivo es capacitar a los actores relevantes en la materia, incluidos los funcionarios públicos y la sociedad civil. Este diplomado ha proporcionado certificación y concienciación en materia de gobierno abierto a más de 50 personas y, junto con las Ferias de Gobierno Abierto, organizadas a nivel subnacional, el gobierno ha dado pasos encaminados a aumentar la alfabetización en materia de gobierno abierto en todo el sector público. Honduras podría considerar ampliar este curso para que sea obligatorio para todos los funcionarios públicos como parte del plan de estudios de la Escuela de Alta Gerencia Pública (EAGP). Esto podría ir acompañado de la organización periódica de Eventos de Gobierno Abierto en todo el país.

La gran mayoría de los países de la OCDE incluyen habilidades específicas relacionadas con el gobierno abierto en los marcos de competencias de los funcionarios públicos. Los marcos de competencias son esenciales para garantizar que los funcionarios públicos tengan las habilidades necesarias para poner en práctica los principios del gobierno abierto. Como muestran los datos de la Encuesta 2020 de la OCDE sobre Gobierno Abierto (OECD, 2021[3]), 20 de los 23 países de la OCDE (87%) aluden a temas centrales de gobierno abierto en estos marcos. En la ley que regula la administración pública, Honduras ha incluido elementos relativos a la transparencia como parte de los principios generales de la administración pública (1986[42]) y en los principios rectores para todos los funcionarios públicos, el estatuto general de la administración pública (1999[43]) y el código de conducta ética (2007[44]). Sin embargo, el marco de competencias carece de elementos relacionados con la interacción con los ciudadanos o con el concepto más amplio de gobierno abierto. Honduras podría considerar la actualización de estos marcos para incluir el gobierno abierto, o la participación ciudadana.

Además, los funcionarios públicos necesitan apoyo práctico para implementar iniciativas de gobierno abierto. La mayoría de los gobiernos de los países miembros de la OCDE han elaborado directrices, conjuntos de herramientas y manuales sobre políticas y prácticas de gobierno abierto (OCDE, de próxima publicación). El IAIP publicó un manual completo para apoyar la adopción e implementación de la ley ATI, pero Honduras podría considerar la posibilidad de elaborar un conjunto de herramientas para funcionarios públicos con orientaciones concretas sobre otros ámbitos del gobierno abierto, como la participación o la rendición social de cuentas. El Conjunto de Herramientas y el Navegador de Casos de la OCDE para el Gobierno Abierto, la Guía de la OCDE sobre Gobierno Abierto para Funcionarios Públicos Peruanos, o las próximas Directrices de Participación Ciudadana de la OCDE podrían servir de inspiración al Gobierno de Honduras.

Además de reforzar la alfabetización de los funcionarios, la Recomendación de la OCDE sobre Gobierno Abierto sugiere comunicar y concienciar sobre el gobierno abierto a los ciudadanos y a la sociedad civil para aumentar el impacto de las distintas iniciativas. Honduras se comunica en las redes sociales sobre el proceso de la OGP, pero el alcance de estos esfuerzos es limitado y el sitio web oficial de la agenda de gobierno abierto ha estado inaccesible desde octubre de 2021.17 Para aumentar esos conocimientos entre la sociedad, el gobierno podría colaborar con organizaciones de la sociedad civil o lanzar campañas de comunicación pública específicas. Por ejemplo, Brasil ha creado un programa de educación cívica dirigido al público joven en colaboración con las OSC y el Ministerio de Educación. La guía "Communicating Open Government: A How-to Guide"18 desarrollada conjuntamente por la OCDE y la OGP ofrece un proceso paso a paso para desarrollar un plan de comunicaciones para una estrategia o iniciativa de gobierno abierto, y podría ser una referencia para el Gobierno de Honduras.

La alfabetización en materia de gobierno abierto de las partes interesadas no gubernamentales, como las organizaciones de la sociedad civil y los periodistas, está estrechamente vinculada a la promoción y protección del espacio cívico. Honduras podría considerar invertir en el desarrollo de capacidades y en campañas de concienciación dirigidas a organizaciones de la sociedad civil, periodistas, organizaciones comunitarias, etc., para garantizar que las prácticas de gobierno abierto se extienden por toda la sociedad.

Dado su carácter multidimensional y transversal, las iniciativas de gobierno abierto son difíciles de monitorear y evaluar. Los datos recopilados por la OCDE sugieren que, por el momento, pocos países han integrado sistemas de seguimiento y evaluación en sus agendas de gobierno abierto. La mayoría de los países también carecen actualmente de un modelo de madurez para el gobierno abierto que establezca indicadores, objetivos y puntos de referencia claros para las instituciones públicas, que les permitan evaluar su apertura e identificar dónde se sitúan en relación con las buenas prácticas nacionales.

Honduras ha implementado mecanismos de seguimiento para sus Planes de Acción de la OGP a través del Sistema Integrado de Monitoreo Alianza Gobierno Abierto Honduras (SIMAGAH). Además, la Declaración de Estado Abierto ordena la creación del Índice de Estado Abierto y la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción y cita como hito la creación de un Índice de Participación Ciudadana. Sin embargo, en noviembre de 2021 no se había desarrollado ninguno de estos conjuntos de indicadores.

Si Honduras decide adoptar la recomendación de diseñar una Política Nacional de Gobierno Abierto y los subsiguientes Planes Institucionales de Gobierno Abierto, su implementación necesita ser sistemáticamente monitoreada y, eventualmente, evaluada. Esta podría ser una oportunidad para que Honduras desarrolle un conjunto único de indicadores para medir la implementación de la agenda de gobierno abierto en todo el Estado, integrando el Índice de Participación Ciudadana y el Índice de Transparencia en un Índice de Estado Abierto.

En Honduras, la agenda de gobierno abierto está anclada en el proceso de la OGP y en los cuatro planes de acción consecutivos adoptados por el gobierno. Los principios del gobierno abierto se han incluido en otros documentos de políticas y legislaciones, así como en la Declaración de Estado Abierto adoptada en 2018 como muestra de un compromiso de alto nivel con esta agenda. Sin embargo, Honduras se enfrenta a varios retos para que el gobierno abierto desarrolle todo su potencial.

Honduras podría beneficiarse de reforzar su agenda de transparencia, aumentar la ambición de sus elementos participativos y llevar a la práctica el objetivo de la Declaración de Gobierno Abierto. Además, Honduras debería abordar la salud de su espacio cívico para garantizar que los ciudadanos y las OSC puedan construir una relación con las autoridades públicas basada en la confianza. En particular, Honduras debe tratar de reducir la violencia contra las mujeres y las minorías, proteger a periodistas y activistas y mejorar el entorno propicio para el funcionamiento de las OSC. Además, Honduras se enfrenta a un nivel insuficiente de implementación de sus obligaciones legales, objetivos políticos y compromisos de alto nivel. La arquitectura institucional de apoyo a la agenda de gobierno abierto ya se ha puesto en marcha; sin embargo, la evidencia apunta a que los solapamientos entre instituciones y mecanismos de coordinación están creando confusión e impidiendo una implementación eficaz. Honduras podría aumentar la ambición y reforzar la implementación de su agenda de gobierno abierto, para garantizar que cumple la promesa de un gobierno más transparente, responsable de la rendición de cuentas y participativo, y contribuye a objetivos de alto nivel como la lucha contra la corrupción.

  • Desarrollar una comprensión común y optimizada del gobierno abierto y sus principios

    • Adoptar una definición oficial de gobierno abierto para establecer un entendimiento común del término, que vaya más allá del proceso de la OGP, y que sea aceptada por todo el sector público y las partes interesadas externas por igual. Esta definición, que podría elaborarse conjuntamente con todas las partes interesadas dentro y fuera del gobierno, podría servir de marco para la transparencia, la rendición de cuentas, la integridad y la participación.

    • Incluir la protección y promoción del espacio cívico en la comprensión conceptual de la definición de gobierno abierto y como condición previa para un estado abierto.

    • Utilizar la nueva definición para crear sinergias entre la agenda del gobierno abierto y otras prioridades gubernamentales, como la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento de la democracia. Esto podría hacerse desarrollando una teoría del cambio, en la que la implementación de los principios del gobierno abierto (es decir, la transparencia en el gasto público y los servicios públicos orientados al ciudadano) contribuya a alcanzar objetivos de políticas más amplios y fomente la democracia participativa.

  • Reforzar el marco jurídico del gobierno abierto y sus principios

    • Proporcionar una base jurídica a las agendas de estado abierto y gobierno abierto, por ejemplo, mediante la promulgación de un Decreto de Estado Abierto. El Decreto podría incluir los siguientes elementos basados en las recomendaciones de este capítulo:

      • introducción de una nueva definición de gobierno abierto

      • traducción de los compromisos de alto nivel incluidos en la Declaración sobre el Estado Abierto en obligaciones jurídicas

      • adopción de la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto y de los Planes Institucionales de Gobierno Abierto

      • creación de la Oficina de Gobierno Abierto del país, y coordinación con organismos existentes como el IAIP

      • creación de Coordinadores de Gobierno Abierto como puntos de contacto institucionales y coordinadores de los Planes Institucionales de Gobierno Abierto

      • lista de todas las instituciones con mandatos relevantes para la agenda de gobierno abierto, como la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD) en términos de participación ciudadana y espacio cívico

      • creación del Consejo Nacional de Estado Abierto y Prevención de la Corrupción: un organismo de alto nivel para garantizar la coordinación y la implementación de la Declaración de Gobierno Abierto y la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto sugerida

      • adopción del Foro Multilateral Nacional de Gobierno Abierto, incluyendo los cambios necesarios para articular los organismos que coordinan el proceso de la OGP

      • creación del Foro Nacional de Participación Ciudadana, como entidad encargada de supervisar la agenda de participación ciudadana

      • creación de las Comisiones Ciudadanas de Estado Abierto, con base en las Comisiones Ciudadanas de Transparencia ya existentes, como mecanismo ciudadano para monitorear la implementación de la agenda de gobierno abierto

    • A largo plazo, considerar la posibilidad de consagrar el derecho a la información en la Constitución para proporcionar el necesario reconocimiento de alto nivel del acceso a la información como derecho humano fundamental.

    • Enriquecer el marco jurídico para la participación de los ciudadanos y las partes interesadas con oportunidades más atractivas e impactantes para que los ciudadanos influyan, configuren y supervisen las políticas y los servicios públicos, como los presupuestos participativos, las consultas ciudadanas o el control cívico.

  • Mejorar la implementación del proceso OGP

    • Trabajar para aumentar la implementación de los compromisos incluidos en los planes de acción de la Alianza para el Gobierno Abierto, proporcionando los recursos adecuados, tanto humanos como financieros.

    • Seguir la diversificación de los actores implicados en el diseño de estos planes de acción, ampliando más allá del poder ejecutivo y aumentando el número de partes interesadas de la sociedad civil en todo el proceso de diseño.

  • Aumentar el impacto de la agenda de gobierno abierto y sus principios

    • Aumentar las capacidades de aplicación del IAIP garantizando un nivel adecuado de recursos humanos y financieros, incluidas las obligaciones de promoción y supervisión de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

    • Aumentar la calidad de la información publicada por todas las autoridades públicas, garantizando que sea completa, oportuna, fidedigna, pertinente y fácil de encontrar, comprender, utilizar y reutilizar por las partes interesadas. Con este fin, el gobierno podría considerar la realización de consultas con las partes interesadas para priorizar qué información es más útil y dónde y cómo podría divulgarse de forma proactiva.

    • Hacer uso de mecanismos multicanal digitales y no digitales, como radios comunitarias, televisión, medios sociales, sitios web gubernamentales y periódicos, para concienciar sobre el derecho al acceso a la información y fomentar medidas de divulgación tanto proactivas como reactivas para contrarrestar la brecha digital existente y garantizar un acceso inclusivo y equitativo a la información.

    • Garantizar la implementación eficaz del marco jurídico para la participación ciudadana a nivel nacional y subnacional, por ejemplo, a través del Foro Nacional de Participación Ciudadana.

  • Avanzar hacia una agenda integrada de gobierno abierto y un entorno político coherente para transformar los objetivos de alto nivel en iniciativas mensurables

    • Adoptar la primera Estrategia Nacional de Gobierno Abierto en Honduras.

    • Aprovechar esta política para promover los principios del gobierno abierto (es decir, transparencia, rendición de cuentas, integridad y participación) como forma de hacer operativo otro de los principales objetivos políticos de Honduras, que es reducir y prevenir la corrupción en el sector público.

    • Aprovechar la próxima actualización de los principales documentos de política estratégica de Honduras (es decir, el Plan de Nación y el Plan Estratégico de Gobierno) para incluir vínculos más ambiciosos con las agendas de gobierno abierto y estado abierto.

    • Incluir hitos de gobierno abierto en los próximos instrumentos de planificación, como los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y el Plan Operativo Anual (POA).

  • Construir una arquitectura institucional que garantice la implementación, coordinación y colaboración de políticas y prácticas de gobierno abierto

    • Aclarar las responsabilidades institucionales y el liderazgo en los ámbitos de la transparencia, la integridad, la rendición de cuentas y la participación. Para conseguirlo, hay que considerar la posibilidad de crear una Oficina de Gobierno Abierto encargada de coordinar el proceso de la OGP, implementar la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto para el gobierno central y coordinar la Declaración de Estado Abierto. Esta Oficina podría formar parte de una institución ya existente, como la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, o de una institución específica, como un Ministerio de Gestión Pública.

    • Considerar la creación del Consejo Nacional de Estado Abierto, como organismo de alto nivel que garantice la coordinación e implementación de la Declaración de Estado Abierto y lidere los esfuerzos gubernamentales en materia de gobierno abierto y sus principios.

    • Aclarar el mandato de los diferentes organismos que coordinan el proceso de la OGP y fusionarlos en un Foro Multilateral de Gobierno Abierto con una Secretaría técnica albergada por la Oficina de Gobierno Abierto sugerida y con grupos de trabajo sectoriales que incluyan un Grupo de Trabajo sobre Juventud y un Grupo de Trabajo sobre Academia.

    • Crear Coordinadores Institucionales de Gobierno/Estado Abierto en todas las instituciones públicas, para fomentar la coordinación y traducir los objetivos de alto nivel en realidades institucionales. Considerar la posibilidad de basarse en los actuales funcionarios de acceso a la información (OIP) y Mesas Técnicas de Enlace, e integrar más responsabilidades, como la coordinación de la participación, la rendición de cuentas y la articulación con otras ramas y actores.

  • Aumentar los conocimientos sobre gobierno abierto en todo el sector público para facilitar su implementación y un cambio cultural

    • Crear un curso obligatorio sobre gobierno abierto para todos los servidores públicos como parte del plan de estudios de la Escuela Nacional de Alta Dirección, tomando como base el curso virtual de Gobierno Abierto ya existente. Este curso debería reflejar la definición de gobierno abierto acuñada por Honduras.

    • Desarrollar un conjunto de herramientas para funcionarios públicos con orientaciones concretas y apoyo para poner en marcha iniciativas de gobierno abierto. El Conjunto de Herramientas y el Navegador de Casos de la OCDE para el Gobierno Abierto, la Guía de la OCDE sobre Gobierno Abierto para Funcionarios Públicos Peruanos o las Directrices de la OCDE para Procesos de Participación Ciudadana podrían servir como modelos para el Gobierno de Honduras.

    • Organizar actividades de capacitación y publicar orientaciones, como conjuntos de herramientas o manuales sobre gobierno abierto, dirigidas a organizaciones de la sociedad civil, periodistas, organizaciones comunitarias, etc., para fomentar la capacidad y la concienciación, así como garantizar que las prácticas de gobierno abierto se extienden por toda la sociedad.

  • Fomentar el seguimiento y la evaluación de la agenda de gobierno abierto

    • Apoyar el seguimiento y la evaluación de la Política Nacional de Gobierno Abierto sugerida y de los Planes Institucionales de Gobierno Abierto, mediante la inclusión de hitos mensurables e indicadores para realizar un seguimiento de los avances.

    • Seguir desarrollando métricas e indicadores combinando los Índices de Estado Abierto, de Participación Ciudadana y de Transparencia.

    • Fomentar el seguimiento ciudadano de la agenda de gobierno abierto trabajando con las autoridades subnacionales para empoderar a las Comisiones Ciudadanas de Estado Abierto sugeridas con un mandato y recursos para supervisar la implementación de la Declaración de Estado Abierto, la Política Nacional de Gobierno Abierto y los Planes Institucionales de Gobierno Abierto.

Referencias

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[12] United Nations Human Rights Council (2019), Report of the Special Rapporteur on the situation of human rights in Honduras (A/HRC/46/75), https://reliefweb.int/report/honduras/report-special-rapporteur-situation-human-rights-honduras-ahrc4675-advance-unedited (accessed on 21 February 2022).

[28] World Bank (n.d.), Individuals using the Internet (% of population) - Honduras, https://data.worldbank.org/indicator/IT.NET.USER.ZS?locations=HN (accessed on 21 February 2022).

La OCDE y sus miembros llevan más de 20 años al frente del movimiento mundial por un gobierno abierto. La Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto adoptada en 2017 (en adelante, “la Recomendación”) es el primer y único instrumento jurídico internacional en este ámbito. Es el resultado de años de colaboración internacional e intercambio de experiencias, investigación y obtención de datos, y análisis de las políticas nacionales. La Recomendación define el gobierno abierto como: “una cultura de gobernanza que promueve los principios de transparencia, integridad, rendición de cuentas y participación de las partes interesadas en apoyo de la democracia y el crecimiento inclusivo” (OCDE, 2017[1]).

La definición de la OCDE hace referencia a los cuatro principios del gobierno abierto, que pueden definirse del siguiente modo:

  • La transparencia se refiere al acceso de las partes interesadas a la información y los datos públicos, que pueden divulgarse tanto de forma proactiva como reactiva, así como a la apertura a lo largo de todo el proceso público de toma de decisiones (OECD, n.d.[45]).

  • La integridad pública se refiere a la coherencia y la adhesión a valores, principios y normas éticas compartidas para defender y dar prioridad al interés público sobre los intereses privados (OECD, 2017[37]).

  • La rendición de cuentas es una relación que hace referencia a la responsabilidad y el deber del gobierno, las entidades públicas, los funcionarios públicos y los responsables de la toma de decisiones de proporcionar información transparente sobre sus acciones, actividades y desempeño, así como ser responsables de ellos. También incluye el derecho y la responsabilidad de los ciudadanos y las partes interesadas de acceder a esta información y tener la capacidad de cuestionar al gobierno y beneficiar/sancionar el desempeño a través de canales electorales, institucionales, administrativos y sociales (OECD, n.d.[45]).

  • La participación ciudadana y de las partes interesadas incluye todas las formas en que las partes interesadas19 pueden participar en el ciclo de las políticas públicas, o en el diseño y la prestación de servicios. La participación puede llevarse a cabo mediante mecanismos de información, consulta y compromiso (OECD, 2017[1]).

En la práctica, los cuatro principios están estrechamente interrelacionados (OECD, 2020[17]). Todas ellas contribuyen a que los gobiernos sean más abiertos y a que los ciudadanos estén en el centro de la decisión y la acción públicas. Para lograrlo, los principios de un gobierno abierto deben implementarse de forma interconectada.

El movimiento mundial de gobierno abierto se ha centrado durante muchos años en las reformas desarrolladas y ejecutadas por los gobiernos centrales/federales. Sin embargo, un número cada vez mayor de países está empezando a reconocer que las reformas de gobierno abierto no deben ser implementadas por el nivel central/federal de gobierno de forma aislada. Los ciudadanos esperan el mismo nivel de transparencia, rendición de cuentas y participación de todos los poderes del Estado y de todos los niveles de gobierno (OECD, 2020[17]).

En consecuencia, cada vez más países están tomando medidas para pasar del concepto de gobierno abierto al de Estado abierto. La Recomendación también incluye la primera definición internacional de Estado abierto:

Cuando el ejecutivo, el legislativo, el judicial, las instituciones públicas independientes y todos los niveles de gobierno (reconociendo sus respectivas funciones, prerrogativas e independencia general de acuerdo con sus marcos jurídicos e institucionales existentes) colaboran, aprovechan las sinergias y comparten buenas prácticas y lecciones aprendidas entre sí y con otras partes interesadas para promover la transparencia, la integridad, la rendición de cuentas y la participación de las partes interesadas, en apoyo de la democracia y el crecimiento inclusivo. (OCDE, 2017[1])

Notas

← 1. El sitio web institucional de la agenda de gobierno abierto y el proceso de la OGP en Honduras no fue accesible durante el proceso de redacción (noviembre de 2021 - enero de 2022).

← 2. La Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia no forma parte del organigrama gubernamental a partir de febrero de 2022.

← 3. El artículo 3(9), de la Directiva 2015/849 de la Unión Europea define a una PEP como: "una persona expuesta a riesgos particulares debido a las funciones políticas, jurisdiccionales o administrativas que desempeña o ha desempeñado o a las que desempeñan o han desempeñado los miembros de su familia inmediata o las personas que se sabe están estrechamente vinculadas a ella o que pasan a estar estrechamente vinculadas durante la relación de negocios". En Honduras, esta categoría legal se define en la Ley como individuos que desempeñan una función pública, o que a través de negocios o conexiones personales pueden influir en las decisiones públicas.

← 4. CIVICUS, analista líder sobre el estado del espacio cívico a nivel mundial, considera que el espacio cívico está "Reprimido" en Honduras a 2021, https://monitor.civicus.org/country/honduras/ (consultado el 31 de octubre de 2022).

← 5. La información publicada proactivamente se refiere a la información que debe divulgarse públicamente sin una solicitud previa de publi

← 6. https://portalunico.iaip.gob.hn/(consultado el 1 de noviembre de 2022)

← 7. https://portalunico.iaip.gob.hn/datosabierto/ (consultado el 1 de noviembre de 2022).

← 8. https://sielho.iaip.gob.hn/inicio/ (consultado el 1 de noviembre de 2022).

← 9. La OCDE entiende la consulta como un nivel más avanzado de participación que implica una relación bidireccional en la que el público proporciona retroalimentación al gobierno y viceversa (comentarios, percepciones, información, consejos, experiencias e ideas). Se basa en la definición previa de la cuestión sobre la que se recaban opiniones y requiere el suministro de información pertinente, además de retroalimentación sobre los resultados del proceso. En la mayoría de los casos, no hay obligación de tener en cuenta las opiniones del público a la hora de modificar planes, tomar decisiones o establecer orientaciones. En la mayoría de las reuniones de consulta, los responsables de la toma de decisiones se comprometen únicamente a recibir el testimonio de los participantes y a tener en cuenta sus opiniones en sus propias deliberaciones.

← 10. La OCDE define un proceso deliberativo representativo como "cuando ciudadanos seleccionados al azar, que constituyen un microcosmos de una comunidad, dedican un tiempo significativo a aprender y colaborar mediante una deliberación facilitada para desarrollar recomendaciones colectivas informadas para las autoridades públicas"

← 11. Desde febrero de 2022, el nuevo Gobierno ha sustituido la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia (SDT) por un Ministro asesor en materia de Transparencia y Combate a la Corrupción.

← 12. Este Foro no está activo desde noviembre de 2021.

← 13. El gobierno ha publicado recientemente el Decreto PCM-05-2022, por el que se crea la Escuela de Buen Gobierno

← 14. Las prioridades reflejadas en los planes de acción de la OGP se han elaborado conjuntamente con las partes interesadas no gubernamentales, incluidos los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil.

← 15. Para más información sobre el Plan Nacional de Desarrollo de Colombia como vehículo para fomentar un gobierno abierto, véase OCDE (2021), Guía de la OCDE para diseñar e implementar estrategias territoriales de gobierno abierto en Colombia, https://www.oecd.org/gov/open-government/guia-ocde-para-disenar-e-implementar-estrategias-territoriales-de-gobierno-abierto-en-colombia.htm (consultado el 1 de noviembre de 2022).

← 16. Esta institución fue la Secretaría de Transparencia (2018-22) y actualmente la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.

← 17. gobiernoabiertohonduras.org

← 18. https://www.oecd.org/gov/Open-Government-Guide.pdf (consultado el 2 de noviembre de 2022).

← 19. La Recomendación sobre Gobierno Abierto define a las “partes interesadas” como “cualquier parte interesada y/o afectada, incluidos: individuos, independientemente de su edad, género, orientación sexual, afiliación religiosa y política; e instituciones y organizaciones, gubernamentales o no gubernamentales, de la sociedad civil, del mundo académico, de los medios de comunicación o del sector privado”

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