Resumen ejecutivo

La experiencia sugiere que un sistema de integridad robusto y transversal en todos los órdenes de gobierno y que involucra al sector privado y a la sociedad en general es esencial para el combate a la corrupción. El establecimiento de responsabilidades institucionales claras y coordinadas para el diseño, la dirección y la implementación del sistema de integridad es crucial para asegurar la aplicación y contribuir a un cambio positivo.

En 2017 el Estado de México estableció su sistema anticorrupción (Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, SAEMM), armonizando su marco legal con el modelo adoptado en el orden nacional, con el fin de mejorar la coordinación, cerrar brechas y evitar la duplicación en la prevención y la detección de la corrupción. El SAEMM busca atender la fragmentación de las políticas públicas, desarrollar un enfoque de integridad más integral y coherente y superar brechas de implementación notables al mejorar la coordinación vertical y horizontal e incluir a los municipios en el mandato del sistema.

Una estrategia de integridad pública es esencial para apoyar un sistema de integridad coherente e integral. Después de una amplia consulta a diferentes actores, la Comisión Ejecutiva del SAEMM preparó la política anticorrupción, que fue aprobada en julio de 2020 (Política Anticorrupción del Estado de México y Municipios, PEA). Hasta octubre de 2020, el Estado de México era la única entidad federativa que había incluido en su política un eje estratégico adicional sobre ética pública e integridad con 12 prioridades de política pública.

El Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno del Estado de México y sus organismos auxiliares contiene 15 principios y ocho valores del servicio público, que son congruentes con lo definido en otras legislaciones relevantes. Estos 23 valores y principios también son similares a los que se destacan en la mayoría de los países miembros de la OCDE. Sin embargo, algunos de los 23 principios y valores son repetitivos y podrían generar confusión entre los servidores públicos.

El Estado de México cuenta con un marco regulatorio robusto para promover un ambiente de control orientado hacia la integridad pública. La existencia de mecanismos que contribuyen al ambiente de control fue confirmada, pero también que algunas veces se perciben como formalismos que en la realidad no contribuyen a asegurar el logro de los objetivos institucionales. Las funciones de los Comités de Control y Desempeño Institucional (COCODI) y los Órganos Internos de Control (OIC) no son cabalmente entendidas por los funcionarios de línea, ya que la cultura organizacional en las secretarías y los organismos auxiliares los lleva a considerar el control como una tarea exclusiva de la Secretaría de la Contraloría (SECOGEM).

La reforma al combate a la corrupción para implementar el SAEMM en 2017 incluyó la regulación sobre responsabilidades y procedimientos administrativos, plasmada en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios (LRAEM). El marco legal representa un fundamento sólido e integral para hacer valer las reglas y los estándares de integridad, y también es congruente con el marco nacional. Sin embargo, dado el importante número de procedimientos y mecanismos nuevos, se requieren mayores esfuerzos para facilitar su implementación y, eventualmente, la aplicación de sanciones.

  • Para asegurar la implementación del SAEMM a nivel de entidad, podría establecerse un punto de contacto especializado en cada secretaría y organismo auxiliar.

    • El punto de contacto podría tener la tarea de coordinarse con la Secretaría Ejecutiva del SAEMM para informar sobre el avance en la aplicación y comunicar los desafíos.

  • Las unidades de integridad podrían remplazar a los Comités de Ética para garantizar la incorporación efectiva de las políticas y prácticas sobre integridad.

    • Las funciones de las unidades de integridad deben ser meramente preventivas, contar con personal especializado, suficientes recursos financieros y una línea directa de reporte al nivel más alto de autoridad al interior de las instituciones.

  • En lugar de ordenar a los municipios que establezcan Sistemas Municipales Anticorrupción, el SAEMM podría enfocarse en construir el nivel necesario de madurez y capacidades para una implementación exitosa a nivel local.

    • Con el fin de gestionar las expectativas y establecer objetivos realistas para fortalecer la integridad, los municipios podrían ser requeridos a llevar a cabo un análisis diagnóstico de las fortalezas y debilidades internas, así como de las oportunidades y amenazas externas del gobierno municipal sobre el cual se establecerían las prioridades para la integridad.

  • Para asegurar que la política anticorrupción refleje los temas clave del Estado de México, deben incluirse prioridades adicionales, tales como:

    • medidas para mitigar el riesgo de captura y clientelismo;

    • dilucidar los nexos entre corrupción, crimen organizado e inseguridad; y

    • combatir la corrupción en las policías.

  • El Estado de México podría identificar, en un proceso participativo, de cinco a siete valores que los servidores públicos consideren de mayor relevancia, con los cuales se identifican y a los cuales aspiran.

    • El Estado de México podría iniciar un proceso con el fin de simplificar los valores contenidos en el actual Código de Ética y, como resultado, mejorar su claridad y relevancia práctica, al mismo tiempo que se mantiene la congruencia con las disposiciones legales existentes.

  • El Estado de México cuenta con un sólido marco normativo para promover un ambiente de control adecuado y orientado a la integridad pública. Sin embargo, podría hacer más para establecer objetivos precisos hacia un sistema de control eficaz:

    • logrando la apropiación del control y la rendición de cuentas por funcionarios y personal clave en el proceso de implementación y desarrollo de un sistema de control interno, con miras a lograr impactos en la consecución de los objetivos institucionales.

  • El Gobierno del Estado necesita contar con mecanismos congruentes de control y la SECOGEM podría promover una adecuada función de auditoría interna, mediante una serie de medidas:

    • fortaleciendo la capacidad de la SECOGEM para agregar información sobre los mecanismos de control, de manera que entregue reportes para elevar la capacidad estratégica de toma de decisiones del gobierno y del SAEMM; y

    • separando claramente los roles en materia de control, supervisión y auditoría, utilizando el Modelo de las Tres Líneas de Defensa, de manera que la tercera línea la realicen los OIC y la SECOGEM.

  • La SECOGEM podría ampliar los esfuerzos de capacitación existentes al personal que labora en las unidades a cargo de responsabilidades administrativas –incluyendo al ámbito municipal– enfocándose en la aplicación correcta y homogénea de las reglas de procedimiento y su interpretación

    • La SECOGEM –junto con el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México– podría organizar actividades de concientización sobre la implementación de las responsabilidades administrativas, enfocadas a todos los funcionarios públicos para apoyar y legitimar al nuevo régimen jurídico.

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