1887

OECD Multilingual Summaries

Pensions at a Glance 2019

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Las pensiones de un vistazo 2019

Resumen en español

Esta edición de las Pensiones de un vistazo 2019 revisa y analiza las medidas relativas a las pensiones, legisladas en los países de la OCDE entre septiembre de 2017 y septiembre de 2019. Al igual que en ediciones anteriores, se incluye una amplia selección de indicadores de políticas de pensiones para todos los países de la OCDE y el G‑20. Además, esta edición proporciona una revisión en profundidad de los diferentes enfoques para la organización de las pensiones de los trabajadores no convencionales.

La vigilancia es necesaria para no poner en peligro los progresos logrados, cuya finalidad es hacer las pensiones más sostenibles

A medida que el envejecimiento de la población se acelera en la mayoría de los países de la OCDE, persiste la presión de mantener unos niveles adecuados y financieramente sostenibles de las pensiones. En 1980, había en la OCDE 2 personas mayores de 65 años por cada 10 personas en edad de trabajar. Esa cifra habrá aumentado a algo más de 3 en 2020, y se prevé que alcance casi 6 para 2060. También se prevé que la población en edad de trabajar, medida utilizando umbrales de edad fijos, se haya reducido más de un tercio para 2060 en varios países.

Varias medidas legisladas desde septiembre de 2017 han revertido las reformas anteriores. Las reformas recientes han flexibilizado los requisitos de edad para recibir una pensión, han aumentado los beneficios y han ampliado la cobertura. En Hungría, Islandia y Lituania se han modificado los tipos de cotización; en Austria, Francia, Italia, México y Eslovenia se han incrementado las coberturas sociales para la vejez y las pensiones mínimas, así como los beneficios para los que tienen pocos ingresos en Alemania, mientras que España se han suspendido las medidas (factor de sostenibilidad e índice de revalorización) para hacer frente a las presiones financieras debidas al envejecimiento. Solo Estonia ha aumentado la edad de jubilación. Por el contrario, Italia, los Países Bajos y la República Eslovaca han ampliado las opciones de jubilación anticipada o han limitado los aumentos previamente anunciados para la edad de jubilación.

Con la mejora de las condiciones económicas, se ha relajado la presión financiera para reformar los sistemas de pensiones y es comprensible que algunos países deseen suavizar las medidas impopulares introducidas en un contexto de crisis. Sin embargo, mientras que las presiones financieras sobre los sistemas de pensiones se vieron exacerbadas por la crisis, a menudo, también reflejaban debilidades estructurales. El retroceso en las reformas que abordan las necesidades a largo plazo puede ocasionar que los sistemas de pensiones sean menos resilientes a las perturbaciones económicas en el futuro y no estén debidamente preparados para hacer frente al envejecimiento de la población.

Sobre la base de las medidas actualmente legisladas, algo más de la mitad de los países de la OCDE están aumentando la edad de jubilación, pasando de la media de 63,8 años actuales a una media de 65,9 años en torno a 2060. Esto representa la mitad del aumento esperado en la esperanza de vida a 65 años en el mismo período, lo cual implica que, por sí mismos, estos cambios van a ser insuficientes para estabilizar el equilibrio entre la vida laboral y la jubilación.

Teniendo en cuenta las recientes reformas, las futuras tasas netas de sustitución de los sistemas obligatorios para los trabajadores con salarios medios con carrera completa de cotización equivalen a un promedio del 59 %, comprendidos entre en torno al 30 % en Lituania, México y el Reino Unido y el 90 % o más en Austria, Italia, Luxemburgo, Portugal y Turquía. Se prevé que, en la mayoría de los países de la OCDE van a reducirse las tasas de sustitución basadas en carreras completas de cotización en las próximas décadas.

¿Por qué el trabajo no convencional suscita preocupaciones en lo relativo a las pensiones?

Los trabajadores no convencionales son un grupo muy diverso, que incluye los empleados a tiempo parcial y temporal, así como los trabajadores autónomos, los cuales representan más de un tercio del empleo en los países de la OCDE en general. El desarrollo de nuevas formas de trabajo podría debilitar las perspectivas de ingresos de las generaciones futuras de jubilados.

Por regla general, los trabajadores autónomos pagan unas contribuciones al fondo de pensiones más bajas que los trabajadores por cuenta ajena con los mismos ingresos imponibles. Solo en diez países de la OCDE contribuyen de manera similar a los trabajadores por cuenta ajena. El alto grado de discrecionalidad en la fijación de la base contributiva, la ausencia de requisitos para participar en los regímenes vinculados a los ingresos, unos incentivos reducidos para contribuir a los regímenes voluntarios y los tipos de contribución nominal más bajos son los factores más importantes que explican unas aportaciones al fondo de pensiones más reducidas. Esto puede tener graves consecuencias para las pensiones de jubilación de los trabajadores autónomos ahora y en el futuro, así como para la capacidad general de financiar unas pensiones adecuadas.

Al jubilarse, los antiguos trabajadores autónomos tienden a tener unas pensiones públicas más bajas que los antiguos trabajadores por cuenta ajena, y los trabajadores no convencionales tienen en general un acceso más limitado a planes de pensiones financiadas. En toda la OCDE y sobre la base de las contribuciones obligatorias, los trabajadores autónomos van a recibir una pensión de vejez un 20 por ciento inferior a la pensión de los antiguos trabajadores por cuenta ajena teniendo los mismos ingresos imponibles durante su vida laboral.

Muchos países pueden adoptar medidas para mejorar los resultados de las pensiones de los trabajadores no convencionales

Las reformas de los sistemas de pensiones que mitiguen las disparidades entre los trabajadores convencionales y los no convencionales en términos de cobertura, contribuciones y derechos garantizarían una protección más justa, reducirían las desigualdades, agruparían los riesgos de la forma más amplia posible y facilitarían la movilidad de los trabajadores entre los distintos tipos de puesto de trabajo.

El establecimiento de unos requisitos mínimos de ingresos para las pensiones en niveles suficientemente bajos eliminaría algunas barreras a las que se enfrentan los trabajadores temporales y a tiempo parcial para cumplir las condiciones de elegibilidad de las pensiones. La necesidad de igualdad de trato de todos los ingresos laborales implica no excluir los contratos de trabajo temporales, independientemente de su duración, de la protección obligatoria de las pensiones y suprimir los períodos mínimos de antigüedad o de consolidación para la adquisición de los derechos de pensión.

Incluir plenamente a todos los trabajadores no convencionales en las pensiones obligatorias en situación de igualdad que los trabajadores convencionales limitaría los incentivos financieros que pueden tener empleadores y trabajadores por cuenta ajena para abusar o hacer un mal uso del empleo no convencional. Garantizar la portabilidad de los derechos y activos de los fondos de pensiones ayuda a aquellas personas que están cambiando de trabajo a mantener el ahorro en el mismo plan de pensiones o a transferir sus derechos consolidados. Limitar las fugas del sistema de pensiones financiado originadas por los cambios de puesto de trabajo y las posibilidades de jubilación anticipada mejoraría la cobertura y la seguridad de la vejez. Además, deberían estar disponibles para todos los tipos de contrato los regímenes profesionales voluntarios y los regímenes de autoempleo a través de planes estándar en aquellos países en los que están disponibles para los trabajadores por cuenta ajena.

Las razones para exigir las pensiones para los trabajadores por cuenta ajena se aplican por igual al trabajador autónomo. Alinear las normativas sobre pensiones en todas las formas de trabajo significa igualar los tipos de contribución totales ‑la suma de los empleados y empleadores‑ para todos los trabajadores. En particular, el gran grado de flexibilidad a la hora de definir la base contributiva de los trabajadores autónomos tiende a generar contribuciones bajas. Sin embargo, la limitación formal de esa flexibilidad podría no ser suficiente para evitar unos niveles bajos de contribuciones y podrían ser necesarias medidas adecuadas de cumplimiento. Si se utilizan aportaciones al fondo de pensiones obligatorias más bajas para los trabajadores autónomos como un instrumento para promover el trabajo autónomo o para apoyar a los trabajadores que realizan actividades de bajos ingresos, deberían evitarse los derechos de prestaciones más bajos resultantes complementando las contribuciones implícitas más bajas con subsidios, por lo menos, para los trabajadores con salarios más reducidos.

© OECD

Este resumen no es una traducción oficial de la OCDE.

El uso del contenido del presente trabajo, tanto en formato digital como impreso, se rige por los términos y condiciones que se encuentran disponibles en: http://www.oecd.org/termsandconditions.

Los resúmenes multilingües son traducciones de extractos de publicaciones de la OCDE editados originalmente en inglés y en francés.

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