8. Gobernanza y operaciones de los bancos centrales

Desde la década de 1990, muchos países han introducido cambios legislativos para garantizar la autonomía de los bancos centrales en la conducción de la política monetaria. Estos cambios vinieron motivados por la evidencia de varios países de que la falta de independencia operativa de jure o de facto del banco central respecto del gobierno provocaba una elevada inflación. Esta consecuencia, a su vez, socavaba la estabilidad de la moneda y de los ingresos reales y aumentaba el coste del crédito, con consecuencias negativas para el crecimiento económico y la distribución de los ingresos y la riqueza.

En este capítulo se examinan los marcos jurídicos de la gobernanza y las operaciones de los bancos centrales en 12 países de referencia, que abarcan tanto economías de mercado avanzadas como emergentes: Australia, Brasil, Costa Rica, Estados Unidos, India, México, Nueva Zelanda, Polonia, Suecia, Suiza y Turquía. Todos ellos, excepto Costa Rica y Suiza, han adoptado un régimen de objetivos de inflación.

Los objetivos y el estatus de los bancos centrales han evolucionado con el transcurso del tiempo.1 En las últimas décadas, los bancos centrales han desempeñado un importante papel al garantizar la estabilidad de precios, contribuyendo así al desarrollo económico y a la estabilidad financiera. Su independencia surgió de la preocupación de que los gobiernos que perseguían objetivos políticos a corto plazo pudieran recurrir a obligar a los bancos centrales a financiar un gasto público excesivo mediante la emisión ("impresión") de dinero. La creación prolongada y excesiva de dinero por parte de los bancos centrales ha provocado con frecuencia una elevada inflación e incluso hiperinflación, así como una considerable depreciación de la moneda nacional. Esto, a su vez, se ha asociado con consecuencias económicas negativas, como la caída de los ingresos reales (especialmente para los hogares con menores ingresos), los altos tipos de interés nominales y reales y el aumento de la incertidumbre económica, todo lo cual ha afectado negativamente al gasto de los consumidores y la inversión empresarial (Adrian and Khan, 2019[1]) (Weidmann, 2019[2]; Sargent, 1982[3]).2

La relación entre la independencia de los bancos centrales y la estabilidad de los precios ha sido objeto de una intensa investigación académica, que ha dado lugar a un fuerte acuerdo entre los académicos y los responsables de la formulación de políticas sobre las ventajas de tener un banco central independiente (Lastra, 2015[4]). A finales de la década de 1970, varios estudios examinaron la relación empírica entre la independencia de los bancos centrales y la inflación, de los cuales se consideró instructiva la experiencia del Bundesbank alemán y su alto nivel de independencia. Esta investigación, que incluía en particular el desarrollo de un índice de independencia de los bancos centrales, convenció a los responsables políticos de todo el mundo sobre las ventajas de la independencia de los bancos centrales, y esto se ha convertido en una recomendación política estándar realizada a través del Programa de Evaluación del Sector Financiero del FMI/Banco Mundial y del proceso de adhesión a la OCDE desde la década de 1990.

Para evitar los resultados negativos mencionados, la independencia de iure de los bancos centrales, en la que el funcionamiento de la política monetaria está determinado por profesionales, debería estar respaldada por disposiciones constitucionales y/o de la legislación primaria (Lybek, 2005[5]).3 La aceptación del modelo como norma internacional se ha visto favorecida por la adopción generalizada de marcos flexibles de objetivos de inflación desde principios de los años 90 (Ciżkowicz-Pękała et al., 2019[6]; Bordo, 2007[7]).4

La autonomía en la conducción de la política monetaria significa esencialmente que el banco central establece e implementa la política para cumplir su mandato sin interferencia del gobierno. Sin embargo, es esencial distinguir entre la independencia de los objetivos –cuando un banco central es libre de determinar sus objetivos de política de forma independiente– y la independencia de los instrumentos –cuando un banco central determina sus medios operativos de forma independiente (Debelle and Fischer, 1994[8]).

En el marco de los objetivos de inflación que adoptan en la actualidad muchos bancos centrales, la implementación de instrumentos de política como las modificaciones de los tipos de interés y las medidas de política no convencionales –incluidas las compras a gran escala de bonos del Estado– se deja en manos de las autoridades monetarias, pero no siempre se concede a los bancos centrales la facultad de fijar objetivos.5 En algunos casos, los objetivos generales (como la estabilidad de precios y el pleno empleo) se establecen en las constituciones o en la legislación primaria, pero el banco central determina los objetivos operativos que considera coherentes con esos objetivos. Los gobernadores de los bancos centrales y los comités de política monetaria son responsables, explícita o implícitamente, de la consecución de los objetivos operativos, así como de los objetivos generales.

La independencia de iure es una condición necesaria pero no suficiente para una política monetaria independiente. Sin instituciones sólidas y sistemas políticos democráticos que funcionen adecuadamente, unas disposiciones legales claras no bastan para impedir los intentos políticos de influir en las decisiones del banco central (Binder, 2021[9]; Balls, E. et al., 2018[10]).6 Garantizar que los bancos centrales tengan objetivos claros, herramientas y competencias adecuadas para cumplirlos, y que rindan cuentas de sus acciones, contribuye positivamente a su independencia (King, 2006[11]).

Los países con tradición de derecho civil en ocasiones tienen disposiciones constitucionales para el banco central, pero tales disposiciones no se utilizan generalmente en los países del common law (BIS, 2009[12]).7 Los países del common law, como Australia, India, Nueva Zelanda y Estados Unidos, no tienen ninguna disposición central relacionada con los bancos en sus constituciones (Cuadro 8.1), mientras que tales disposiciones están presentes en algunas de los otros países de referencia. En la zona euro, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece los principios fundamentales del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (Amicorum and Garavelli, 2005[13]).8

Las disposiciones constitucionales suelen ser amplias, dejando que la legislación primaria especifique los detalles. La solidez general de la independencia de los bancos centrales depende de las disposiciones relativas al mandato, las funciones y las reglas de gobierno. Todos los países cuentan con legislación primaria para regular los roles y las funciones específicas de los bancos centrales.

En la mayoría de los países, los gobiernos poseen formalmente los bancos centrales, como cualquier otra institución pública, sin perjuicio de la independencia de los instrumentos del banco central (Bholat and Gutierrez, 2019[14]).9 En algunos países, los bancos centrales están constituidos como empresas con propiedad parcial o total de accionistas del sector privado, pero siguen siendo responsables de proporcionar bienes públicos relacionados con la estabilidad financiera y de precios, tal como se establece en sus mandatos reglamentarios, en lugar de perseguir beneficios para los accionistas. En Suiza y Turquía, tanto el gobierno como los accionistas privados son propietarios del banco central en proporciones más o menos iguales, aunque ambos están establecidos como sociedades anónimas con estatuto especial, con leyes específicas para el banco central que rigen sus operaciones e impiden la participación de los accionistas privados en la formulación de políticas. En Estados Unidos, los bancos comerciales que son miembros del Sistema de la Reserva Federal poseen acciones en su banco de distrito de la Reserva, pero no se considera que el Sistema de la Reserva Federal sea "propiedad" de nadie.10 El BCE es propiedad de los bancos centrales nacionales de los países de la UE,11 según la clave de capital basada en la población y el PIB. La mayoría de los bancos centrales nacionales de la UE son de propiedad estatal en su totalidad, con la excepción de los de Bélgica, Grecia e Italia, que son parcialmente propiedad de accionistas privados.

Fuente: Constituciones/TFUE, leyes de los bancos centrales y sitios web de los países de referencia.

Las disposiciones constitucionales relacionadas con la independencia de los bancos centrales son, en general, menos susceptibles de ser modificadas en comparación con la legislación primaria, consolidando la independencia de iure de los bancos centrales. Sin embargo, permiten la introducción de ajustes en determinados aspectos de la autonomía del banco central, que a veces podrían ser necesarios debido a circunstancias económicas cambiantes y más difíciles. Además, el carácter frecuentemente abstracto de las disposiciones contenidas en la constitución puede no ser suficiente para garantizar la independencia.

Todas las entidades públicas están sujetas a ciertos requisitos de gobernanza en el desarrollo de sus responsabilidades, pero a diferencia de otras instituciones públicas, los bancos centrales pueden tener conflictos de intereses con los gobiernos en relación con la conducción de la política monetaria. Desde ese punto de vista, la cuestión esencial es si el gobierno puede destituir y nombrar unilateralmente al gobernador (y a los miembros del consejo de política) sin aprobación parlamentaria o de otro tipo.12

Aunque los mandatos y las responsabilidades de los bancos centrales en los países de referencia son comparables, el grado de independencia del banco central en términos de disposiciones de nombramiento y cese varía (Cuadro 8.2). A continuación, se analizan otros aspectos, como los criterios de calificación requeridos para su nombramiento.

Todos los países de referencia identifican la estabilidad de precios o la estabilidad del poder adquisitivo como el mandato principal y algunos bancos centrales tienen objetivos adicionales como la estabilidad monetaria y financiera o la garantía del máximo empleo.13 Para cumplir estos mandatos, los bancos centrales tienen la responsabilidad de aplicar políticas monetarias y prudenciales.14 En general, las leyes primarias estipulan los detalles del mandato y las responsabilidades de los bancos centrales. En México, Polonia, Suecia y Suiza, éstas se recogen explícitamente en la constitución (Cuadro 8.3). Asimismo, en la zona euro, estos objetivos se recogen en el TFUE.

Los procesos de nombramiento y destitución de los gobernadores están especificados en el marco legal de casi todos los países. El proceso de nombramiento tiene por objeto garantizar que los miembros no electos del banco central estén legitimados para desempeñar sus funciones y que exista un proceso claro y una justificación para cualquier destitución. El marco pretende evitar el uso arbitrario del poder exigiendo la participación de más de un órgano de gobierno en dichas decisiones. Por ejemplo, Brasil, México, Polonia y Suecia tienen disposiciones constitucionales sobre el nombramiento y/o destitución del gobernador del banco central. El TFUE contiene disposiciones similares para la zona euro. En la zona euro y en Polonia, el mandato del gobernador y los criterios de cualificación de los directivos del banco central también se prevén en el tratado/constitución. Aunque el número de países con disposiciones constitucionales es limitado, varios países de referencia tienen leyes sobre bancos centrales que prohíben al gobierno nombrar o destituir unilateralmente a los gobernadores de los bancos centrales, para garantizar su independencia.

Sin embargo, en algunos países de referencia, la independencia en relación con el nombramiento y la destitución del gobernador del banco central ha sido cuestionada recientemente por otros órganos de gobierno (Dall’Orto Mas et al., 2020[15]). En Turquía, un reciente cambio legislativo basado en el Decreto Ley permite al gobierno acortar el mandato del gobernador del banco central (OECD, 2021[16]). Este derecho ya se ha ejercido, lo que ha provocado reacciones negativas en el mercado.

Para garantizar la autonomía de la política monetaria, no solo el gobernador del banco central, sino también los miembros de los comités de política monetaria (CPM) deben estar protegidos contra el nombramiento o la destitución unilateral por parte del gobierno, ya que –en la mayoría de los bancos centrales– las decisiones de política monetaria son adoptadas por el CPM por mayoría de votos.15

Los marcos legales y los procedimientos para designar a los miembros de un CPM varían según el país de referencia (Cuadro 8.5). En la zona euro, Polonia y Suecia, el CPM se menciona explícitamente en el TFUE y en las constituciones. En Polonia, los criterios de cualificación de los miembros de los CPM también están prescritos en la Constitución.

El nombramiento específico, la destitución y la duración del mandato de los CPM suelen establecerse en la legislación primaria. En Brasil, India, Suiza y Turquía, el poder ejecutivo nombra a los miembros, mientras que en otros países, otras partes interesadas participan en el nombramiento. Por ejemplo, en Estados Unidos, los miembros de la Junta de la Reserva Federal son nombrados por el presidente de los Estados Unidos y tienen que ser confirmados por el Senado.16 En Polonia, el presidente de la República, el Sejm (cámara baja del parlamento bicameral del país) y el Senado nombran cada uno a tres miembros del CPM.

En la mayoría de países de referencia, los mandatos de los miembros de los CPM son, en la práctica, escalonados. Este sistema proporciona estabilidad en la aplicación de la política y evita que una administración determinada nombre o destituya a varios miembros y tenga influencia política sobre la política monetaria. En Costa Rica, México y Estados Unidos, el mecanismo de permanencia escalonada en el cargo está consagrado en sus constituciones.

Dado que un banco central independiente no es un órgano electo, pero tiene amplios poderes económicos, en una sociedad democrática debe rendir cuentas al poder legislativo y al público. La cuestión clave es encontrar el equilibrio adecuado entre independencia y responsabilidad. Por un lado, los bancos centrales necesitan independencia, ya que la mejor política para la economía puede no coincidir con los objetivos políticos de los gobiernos. Por otro lado, en el cumplimiento de su mandato, los bancos centrales deben rendir cuentas a la sociedad a través de sus representantes electos. No existe un ‘mejor’ equilibrio entre estos principios. Aunque todos los países tratan de equilibrar la independencia y la responsabilidad, las soluciones varían (Van den Berg, 2018[18]).

En algunos países de referencia, los marcos legales para la responsabilidad del banco central se especifican en la constitución o en un tratado internacional (Cuadro 8.6). Por ejemplo, en Polonia la constitución estipula que el banco central debe rendir cuentas al Sejm y debe presentar los objetivos de política monetaria cada año. El Sejm sólo puede ser informado; no puede dar instrucciones al banco central. En Suiza, el banco central debe ser administrado con la cooperación y bajo la supervisión de la Confederación. El presidente del BCE está obligado por ley a presentar informes anuales tanto al Parlamento Europeo como al Consejo Europeo, y el Presidente de la Reserva Federal de EE.UU. está obligado a comparecer semestralmente ante el Congreso.

Un aspecto importante de la rendición de cuentas del banco central es la transparencia, que incluye la celebración de conferencias de prensa públicas, la publicación de las actas de las reuniones y la respuesta a las cuestiones que benefician al público (Adrian and Khan, 2019[1]) (IMF, 2019[19]). Como tal, la transparencia del banco central contribuye a la rendición de cuentas de facto, y la rendición de cuentas y la transparencia están estrechamente relacionadas en los marcos jurídicos de los bancos centrales. Un alto grado de transparencia y rendición de cuentas, así como un mandato bien definido y estrecho basado en un marco institucional sólido, contribuyen a mantener la independencia del banco central (Mersch, 2019[20]).

Aunque las disposiciones relativas a la autonomía de la política monetaria son abstractas y amplias, pueden afectar directa o indirectamente a la aplicación de la política monetaria (Cuadro 8.7). Brasil, la zona euro, México, Polonia, Suecia y Suiza tienen disposiciones constitucionales/de tratados que otorgan al banco central el derecho exclusivo a emitir moneda.17 El monopolio del banco central sobre la moneda es la base de su capacidad para controlar el crecimiento de la base monetaria.18 Dado que es fundamental para la aplicación de la política monetaria, los bancos centrales de todos los países de referencia tienen la autoridad legal para emitir moneda, incluso si no hay ninguna disposición en la constitución/tratado.19

La zona euro y Suecia tienen disposiciones que prohíben que otros organismos traten de influir en el banco central y prohíben que el banco central reciba instrucciones de otros.

Las disposiciones de Costa Rica, la zona euro, México y Suiza garantizan la independencia del banco central directamente al incluir las palabras "autonomía" o "independencia" en sus constituciones. Brasil y Turquía cuentan con disposiciones similares en sus leyes sobre bancos centrales.

En la mayoría de los países de referencia, la legislación primaria impide a los bancos centrales financiar el gasto público o comprar deuda directamente al gobierno. En Brasil, la zona euro, México y Polonia, estas restricciones están recogidas en la constitución.20

Las operaciones de política monetaria, incluidos los objetivos de inflación y los instrumentos monetarios no convencionales, no suelen basarse en la legislación primaria o en un contexto amplio. Los objetivos de la política suelen fijarse en función de los acuerdos con los gobiernos o de las instrucciones de éstos, pero la elección de la forma de operar se deja en manos del banco central. Esto se debe a que los bancos centrales deben ser ágiles y flexibles en la aplicación de sus políticas, en respuesta a los cambios en las condiciones financieras y económicas.

Las disposiciones constitucionales sobre la independencia de los bancos centrales varían según el país (Gráfica 8.1). La inclusión a nivel constitucional garantizaría una mayor protección jurídica en general, pero algunos bancos centrales, como el Sistema de la Reserva Federal de Estados Unidos, no están regulados mediante disposiciones constitucionales y, sin embargo, gozan de suficiente independencia en virtud de la legislación primaria. Por lo tanto, la necesidad de una disposición constitucional debe considerarse en el contexto de la historia y el sistema jurídico del país.

Las principales disposiciones legales que rigen la independencia del banco central deben incluir un mandato bien definido para alcanzar y mantener la estabilidad de los precios; el proceso de nombramiento y destitución de los altos cargos y su protección frente a la acción unilateral del gobierno; el papel y el funcionamiento del comité de política monetaria y la autonomía de sus decisiones; así como un alto grado de responsabilidad y transparencia ante el gobierno y el público.

Referencias

[1] Adrian, T. and A. Khan (2019), Central Bank Accountability, Independence, and Transparency, IMF (blog).

[13] Amicorum, L. and P. Garavelli (2005), Legal Aspects of the European System of Central Banks, European Central Bank.

[10] Balls, E. et al. (2018), “Central Bank Independence Revisited: After the Financial Crisis, What should a Model Central Bank Look Like?”, M-RCBG Associate Working Paper Series, Harvard Kennedy School.

[14] Bholat, D. and K. Gutierrez (2019), “The ownership of central banks”, Bank Underground, Bank of England.

[9] Binder, C. (2021), “Political Pressure on Central Banks”, Journal of Money, Credit and Banking, https://doi.org/10.1111/jmcb.12772.

[21] BIS (2020), “Central Bank Digital Currencies: Foundational Principles and Core Features”, Joint report by The Bank of Canada, European Central Bank, Bank of Japan, Sveriges Riksbank, Swiss National Bank, Bank of England, Board of Governors of the Federal.

[17] BIS (2019), “MC Compendium: Monetary Policy Frameworks and Central Bank Market Operations”, Markets Committee Papers, Bank for International Settlements.

[12] BIS (2009), Issues in the Governance of Central Banks, Bank for Ìnternational Settlements.

[7] Bordo, M. (2007), “A Brief History of Central Banks”, Economic Commentary, Federal Reserve Bank of Cleveland.

[6] Ciżkowicz-Pękała, W. et al. (2019), “Three Decades of Inflation Targeting”, NBP Working Paper 314.

[15] Dall’Orto Mas, R. et al. (2020), “The Case for Central Bank Independence: A review of Key Issues in the International Debate”, ECB Occasional Paper Series, European Central Bank.

[8] Debelle, G. and S. Fischer (1994), “How Independent Should a Central Bank Be?”, in Goals, Guidelines, and Constraints Facing Monetary Policymakers, Federal Reserve Bank of Boston.

[19] IMF (2019), Staff Proposal to Update the Monetary and Financial Policies Transparency Code, IMF Policy Paper.

[11] King, M. (2006), “Trusting in Money: From Kirkcaldy to the MPC”, Speech by Mr Mervyn King, Governor of the Bank of England, delivering the Adam Smith Lecture 2006, St Bryce Kirk, Kirkcaldy, Scotland, 29 October 2006.

[4] Lastra, R. (2015), International Financial and Monetary Law, Oxford University Press.

[5] Lybek, T. (2005), “Central Bank Autonomy, Accountability, and Governance: Conceptual Framework”, Current Developments in Monetary and Financial Law International, Vol. 4.

[20] Mersch, Y. (2019), International Trends in Central Bank Independence: the ECB’s Perspective.

[16] OECD (2021), OECD Economic Surveys: Turkey 2021, OECD Publishing, Paris, https://dx.doi.org/10.1787/2cd09ab1-en.

[3] Sargent, T. (1982), “The Ends of Four Big Inflations”, in Hall, R. (ed.), Inflation: Causes and Effects, University of Chicago Press, http://www.nber.org/chapters/c11452.

[18] Van den Berg, R. (2018), Balancing the Independence and Accountability of the Bank of Canada, Library of Parliament, Canada.

[2] Weidmann, J. (2019), The Role of the Central Bank in a Modern Economy - a European Perspective.

Notas

← 1. El Riksbank sueco se creó en 1668 como banco comercial para prestar fondos al gobierno y actuar como cámara de compensación para el comercio. En 1694 se fundó el Banco de Inglaterra también como sociedad anónima para comprar deuda pública. Posteriormente se crearon otros bancos centrales en Europa con fines similares, aunque algunos se crearon para hacer frente a la desorganización monetaria. El Sistema de la Reserva Federal fue creado por el Congreso de EE.UU. en 1913 como banco central de la nación en el que los bancos comerciales tienen acciones con el objetivo de proporcionar un sistema monetario y financiero más seguro, flexible y estable.

← 2. Por ejemplo, Sargent (1982[3]) describe las experiencias históricas de hiperinflación en Austria, Hungría, Alemania y Polonia en la década de 1920 y subraya que la creación de un banco central independiente –que tuviera prohibido legalmente conceder créditos sin garantía al gobierno– habría sido una de las medidas esenciales para evitar dicha hiperinflación. En la última década, Zimbabue ha experimentado una hiperinflación alimentada por el banco central que imprime dinero.

← 3.

← 4. Bordo (2007[7]) ofrece una breve historia de los bancos centrales, incluida la transición a la independencia.

← 5. En algunos países (por ejemplo, Australia, India, Nueva Zelanda y Turquía) el gobierno participa en la determinación de los objetivos políticos, incluida la tasa de inflación objetivo.

← 6. Basado en una muestra de 118 bancos centrales entre 2010 y 2018, Binder (2021[9]) ilustró que, en promedio, alrededor del 10% de estos bancos se enfrentan a presiones políticas cada año.

← 7. El sistema de derecho civil se basa en la codificación de los principios fundamentales de las leyes, mientras que el sistema de derecho anglosajón o del common law deriva de la jurisprudencia no codificada de los jueces, que da autoridad precedente a las decisiones judiciales anteriores.

← 8. Con la creación del BCE, los bancos centrales nacionales de los países de la zona euro ya no fijan la política monetaria, pero siguen manteniendo muchas funciones importantes. Estos cambios se produjeron con la ratificación del TFUE. Para más detalles sobre el marco jurídico del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del BCE, véase Amicorum and Garavelli (2005[13]).

← 9. Los propietarios de los bancos centrales son responsables de los nombramientos de los ejecutivos y reciben una parte de los beneficios de los bancos centrales, mientras que los altos directivos y los comités de política de los bancos son responsables de controlar las operaciones diarias y la dirección de la política monetaria.

← 10. Para más detalles, consulte las preguntas frecuentes preparadas por la Reserva Federal: www.federalreserve.gov/faqs/about_14986.htm.

← 11. Los bancos centrales de los países de la UE que no son miembros de la unión monetaria no participan en el órgano decisorio del BCE (consejo de gobierno).

← 12. El principio de independencia del banco central respecto al gobierno tiene mucho en común con el principio de independencia del poder judicial. Véase el comentario sobre el Tribunal Constitucional en el capítulo 5.

← 13. Los bancos centrales de la zona euro, México, Nueva Zelanda, Suiza y Turquía tienen como mandato más importante la estabilidad de precios. En las demás economías, cada mandato se considera de igual importancia.

← 14. Las políticas prudenciales consisten en políticas micro y macroprudenciales. Las políticas microprudenciales tienen como objetivo proteger a las instituciones financieras individuales de los riesgos idiosincrásicos y fomentar una gestión sólida. El objetivo de las políticas macroprudenciales es garantizar la estabilidad del sistema financiero en su conjunto, teniendo en cuenta las interacciones entre las instituciones financieras, así como los ciclos de retroalimentación del sector financiero con la economía real. Algunos ejemplos de regulación prudencial son los coeficientes mínimos de liquidez y de capital exigidos, así como los límites a los préstamos en relación con el valor de los bienes adquiridos o con los ingresos. En casi todos los países, el banco central es responsable de las políticas macroprudenciales, y en algunos países también de las políticas microprudenciales, en coordinación con la autoridad de supervisión financiera.

← 15. En la mayoría de los consejos de política monetaria, el presidente tiene voto de calidad cuando los votos a favor y en contra son iguales.

← 16. En Estados Unidos, el Comité Federal de Mercado Abierto (FOMC), encargado de formular las políticas, está formado por siete gobernadores del Sistema de la Reserva Federal, el presidente del Banco de la Reserva Federal de Nueva York y cuatro de los restantes 11 presidentes de los Bancos de Distrito de la Reserva. Los procesos de nominación del presidente de EE.UU. y de confirmación del Senado sólo son necesarios para los siete gobernadores de la Junta de la Reserva Federal.

← 17. Según la Constitución de Costa Rica, la Asamblea Legislativa es la única facultada para establecer la ley sobre la unidad monetaria y promulgar leyes sobre la moneda, el crédito, las pesas y las medidas (Artículo 121). Sin embargo, no hay disposiciones relevantes sobre el derecho del banco central de emitir moneda.

← 18. Los bancos centrales tienen la capacidad de manipular la base monetaria durante la ejecución de la política monetaria. La base monetaria es la cantidad total de moneda en circulación más los depósitos de los bancos comerciales mantenidos como reservas del banco central.

← 19. La posible implantación futura de monedas digitales de los bancos centrales, que se está estudiando en varios países, requeriría nuevas disposiciones legales sobre la emisión de moneda (BIS, 2020[21]).

← 20. Estados Unidos garantiza la autonomía de la política monetaria permitiendo a la Reserva Federal comprar deuda pública solamente en el mercado secundario. Los demás países, como Costa Rica, Suiza y Turquía, tienen disposiciones similares en su legislación primaria.

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